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Varapalo judicial al dBalears: condenado el director del panfleto catalanista por inventar un bulo contra un guardia civil

El Tribunal de Instancia n.º 5 de Manacor condena al responsable de dBalears a indemnizar con 18.000 euros a un agente de la Benemérita por vulnerar su derecho al honor

La web catalanista ha recurrido sólo la sanción económica y da por sentado que vulneraron el honor del guardia

Una resolución judicial supone un revés para el director de dBalears, panfleto catalanista con un insignificante peso en las islas y, según el OJD, con 31.000 usuarios únicos en todo un mes. El Tribunal de Instancia n.º 5 de Manacor ha estimado la demanda presentada por un guardia civil y ha declarado que la publicación cuestionada vulneró sus derechos al honor y a la propia imagen.

El procedimiento se originó por una información que atribuía al agente la asistencia armada a los plenos del Ayuntamiento de Felanitx y describía una supuesta actitud desafiante. El demandante está casado con María Vidal, concejala de Vox en el municipio.

La sentencia considera que las graves afirmaciones publicadas carecían de una base fáctica suficiente y reprocha al responsable del medio la falta de diligencia a la hora de contrastar la información. El titular que dio origen al litigio fue: «Malestar a l’Ajuntament de Felanitx per la presència d’un Guàrdia Civil armat als plenaris» (Malestar en el Ayuntamiento de Felanitx -Mallorca- por la presencia de un guardia civil armado en los plenos).

La noticia sostenía que la presencia del agente, supuestamente armado durante las sesiones plenarias, generaba malestar entre los representantes municipales. Sin embargo, de acuerdo con el relato de las actuaciones judiciales aportado para esta información, los testigos que declararon no corroboraron las acusaciones sobre una conducta intimidatoria ni afirmaron haber recibido quejas al respecto.

La alcaldesa, Catalina Soler, habría señalado asimismo que el medio no se puso en contacto con el Ayuntamiento para verificar los hechos antes de publicar la noticia. Otro de los aspectos controvertidos fue el uso de una fotografía privada de la boda del agente y su esposa, obtenida del perfil personal de la concejala.

La controversia también invita a examinar el alcance y la difusión real de la publicación. No obstante, para afirmar que dBalears es una web prácticamente sin seguidores, sería necesario disponer de datos verificables sobre su audiencia, sus redes sociales y el tráfico que recibe. La repercusión de un medio no determina por sí sola la veracidad o falsedad de sus contenidos, aunque constituye un elemento relevante al analizar el impacto de una información.

Otro episodio destacado en el procedimiento fue la reacción atribuida al director del medio ante el requerimiento de rectificación previo a la demanda. Según el texto de la resolución reproducido en la documentación facilitada, el demandado recibió el escrito y lo introdujo en una trituradora de papel. Este comportamiento fue señalado durante el procedimiento y contribuyó a la controversia sobre la actuación del responsable de la publicación.

La sentencia considera que la libertad de información no ampara cualquier contenido difundido bajo apariencia periodística: la veracidad informativa exige una actuación diligente y la comprobación de los hechos, especialmente cuando se formulan imputaciones que pueden perjudicar gravemente la reputación de una persona.

La defensa de los intereses del guardia civil se atribuye al abogado Juan José González Amador. La condena representa un resultado favorable para el demandante en primera instancia, al reconocer judicialmente la vulneración de sus derechos y establecer una indemnización económica. Para confirmar la intervención letrada y valorar su alcance, conviene comprobar esos datos en la documentación del procedimiento.

El fallo descrito en la documentación aportada establece una indemnización de 18.000 euros y ordena retirar la publicación de la web y de las redes sociales, publicar la sentencia y asumir las costas procesales en los términos fijados judicialmente.

La información facilitada señala que la sentencia ha sido recurrida en lo relativo a la cuantía económica. El recurso se limita efectivamente a la indemnización y no cuestiona la declaración de intromisión ilegítima. Esa distinción es fundamental, ya que supondría que la controversia en segunda instancia se centra en el importe de la reparación y no en la existencia de la vulneración declarada en primera instancia.

La resolución constituye un revés judicial para el director de dBalears, sin perjuicio de lo que pueda decidir el órgano competente al resolver el recurso. Llama la atención que el dBalears se dedique en sus informaciones al ataque a OKBALEARES (según OJD, más de 40 veces superiores a ellos en difusión), a los que nos acusa de ser una «web de difusión de fake news», pero se olvida que los únicos condenados judicialmente por difundir bulos son ellos.