Otra socialista y el ex secretario de Juventudes del PSOE, a prisión por robar a trabajadores andaluces

Otra socialista y el ex secretario de Juventudes Socialistas, a prisión por robar a trabajadores andaluces.
Otra socialista y el ex secretario de Juventudes Socialistas, a prisión por robar a trabajadores andaluces.
Borja Jiménez

La ya larga lista de socialistas andaluces que ingresan en las prisiones de la comunidad suma este jueves dos nuevos integrantes. María Ángeles Muñoz, integrante de las listas del PSOE, y su hijo Cristian Menacho, ex secretario de Juventudes Socialistas de Andalucía, han aceptado tres años de prisión cada uno tras ser acusados de las «mordidas» a las nóminas de los trabajadores que les enviaba la Junta para su contratación en diversos programas de empleo entre los años 2014 y 2016.

De este modo, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba no celebrará finalmente la vista oral del juicio por el llamado caso de las ‘mordidas’ de la Fundación Guadalquivir, que estaba previsto que tuviera lugar entre los días 9 y 12 de marzo, al haber alcanzado el fiscal y las cuatro acusaciones personadas un acuerdo con las defensas de los tres acusados, tras aceptar éstos tres años de prisión cada uno al declararse culpables de la comisión de los delitos contra el derecho de los trabajadores y fraude de subvenciones de las administraciones públicas.

En concreto, según dispone el acuerdo, al que ha accedido Europa Press, los acusados, Ángeles Muñoz, su hijo Cristian Menacho, y José Antonio González, para los que en conjunto las acusaciones pedían condenas que llegaban a superar los 30 años de prisión, han aceptado una pena cada uno, por el delito contra el derecho de los trabajadores, de dos años de cárcel y multa de cuatro meses con una cuantía diaria de diez euros, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Respecto a este delito, referido al dinero que detraían indebidamente los acusados de las nóminas de una treintena de trabajadores, contratados con subvenciones finalistas de la Junta de Andalucía para emplear a parados y de las que fueron beneficiarias la Asociación de Vecinos Nuevo Guadalquivir, la Fundación Guadalquivir Futuro, y la Asociación Jóvenes para el Futuro, el acuerdo también dispone que concurre la circunstancia atenuante de reparación del daño.

Ello se debe a que los acusados también indemnizan a los dos trabajadores personados como acusación particular en la causa por el dinero que dejaron de cobrar y también por los daños morales sufridos, mientras que respecto al resto de trabajadores afectados, que no recurrieron a la vía penal y que cobraron del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), los acusados indemnizan al propio Fogasa.

Junto a ello, por cada delito de fraude de subvenciones o ayudas de las administraciones públicas, los acusados han aceptado cada uno una pena de seis meses de prisión, lo que suma un año de cárcel para cada uno, perdiendo también la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales durante un periodo de dos años, teniendo también que hacer frente al pago de las costas judiciales.

El acuerdo prevé la opción de que se suspenda el cumplimiento de la pena de tres años de prisión que ha aceptado cada uno de los tres acusados. Es la Audiencia Provincial de Córdoba la que puede conceder dicha suspensión, en base a que los acusados no tienen condenas anteriores y a que hagan frente al pago de todas las indemnizaciones y multas.

En ese caso, las acusaciones particulares, que ejercen la Junta de Andalucía y dos trabajadores, y la acusación popular, que ejerce Podemos, piden que dicha suspensión tenga al menos cuatros de vigencia, es decir, que durante ese tiempo los acusados no pueden cometer ningún tipo de delito, pues de lo contrario cumplirían la condena que ahora han aceptado y la del nuevo delito.

Juicio suspendido

De haberse celebrado el juicio, como estaba previsto, para las diversas sesiones estaban citadas 23 personas como testigos, entre las que se incluían un contable y personal de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y otras dos más para la prueba pericial.

Los tres acusados se enfrenban, cada uno, a penas de unos diez años de cárcel, según las peticiones de la Fiscalía y de la Junta de Andalucía, por la supuesta comisión de un delito continuado contra los derechos de los trabajadores y otros dos de fraude de subvenciones o ayudas de las administraciones públicas. Mientras, las acusaciones popular y particulares, ejercidas por Podemos y dos trabajadores, solicitaban penas superiores a los 30 años de cárcel en total.

Según las acusaciones, las ‘mordidas’ se hacían, «bien detrayendo parte del salario pagado en metálico, bien forzando un compromiso de donación por transferencia posterior al ingreso de la nómina, también forzado por una amenaza de despido».

El resultado fue que «muchas de las personas contratadas, en situación desempleo de larga duración y necesitadas, pues a ellas se dirigía el programa, no tuvieron otra opción que aceptar las condiciones que se les imponían, por los que estaban usando un evidente poder político, que se exhibía mediante invitaciones a actos con destacados líderes políticos y miembros del Gobierno de la Junta», en la etapa anterior a la actual, teniendo en cuenta que Menacho fue secretario general de JSA en Córdoba capital.

Se da la circunstancia, además, de que a los acusados se les han embargado bienes para afrontar la fianza que se les impuso judicialmente en su día y que no habían abonado en metálico ni con avales, por valor de 807.200 euros, habiéndose previsto dicha fianza «para asegurar las responsabilidades» en este caso.

La apertura de juicio oral, ahora suspendido, no se hacía, sin embargo, contra la Asociación de Vecinos Nuevo Guadalquivir, la Fundación Guadalquivir Futuro, ni la Asociación Jóvenes para el Futuro, dado que «contra las mismas no se acordó seguir la causa como procedimiento abreviado en el auto de procesamiento, auto que no fue recurrido por ninguna de las partes, por lo que devino firme debiéndose estar a lo acordado en el mismo».

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