Tabla de multas por velocidad de la DGT
La DGT ha implantado 2.460 radares por todo el territorio ibérico para evitar el número de accidentes de tráfico y la multas por velocidad
Las multas por exceso de velocidad podrían incrementarse dependiendo de varios factores: reincidencia, condiciones climatológicas...
La multa más repetida en España según la DGT: no hay forma de remediarlo
Ser ‘cazado’ por un radar de la Dirección General de Tráfico se puede convertir en uno de los mayores miedos de los conductores que recorren por las distintas carreteras de nuestro país. El motivo es lógico: enfrentarse a una sanción económica y, dependiendo del contexto y de la rapidez a la que transites, las multas por velocidad podría ser más o menos dura, además de arriesgarse a perder puntos en el carné de conducir.
El organismo liderado por Pere Navarro ha instalado 2.460 velocímetros en el territorio ibérico para, por un lado, hacer frente a los usuarios más kamikazes y, por otro, reducir el número de fallecidos en carreteras por exceso de velocidad. Por ello, a continuación os vamos a explicar las diferentes multas por velocidad que existen y las sanciones a las que nos podemos enfrentar en caso de rebasar el límite marcado por la DGT.
Tabla de multas por velocidad de la DGT
1.- Exceso de hasta 10 kilómetros por hora: en esta primera opción, no se perderá ningún punto y la multa económica será ‘leve’, es decir, de 100 euros, que podría quedarse en 50 si la abonas antes de los primeros 20 días laborales.
2.- Entre 11 y 20 kilómetros por hora: en esta ocasión, se consideraría una infracción grave y estaríamos expuestos a recibir una sanción de 300 euros y la pérdida de 2 puntos en el carné de conducir.
3.- Entre 21 y 30 kilómetros por hora: se considera una infracción muy grave, y la multa económica incrementaría hasta los 400 euros, además de perder 4 puntos en el permiso de circulación.
4.- Exceso de velocidad entre 31 y 40 kilómetros por hora: por un lado, se restarán hasta 6 puntos en el carné de conducir y el susodicho deberá abonar una multa económica de 500 euros.
5.- Exceso de 41 a 50 kilómetros por hora: en esta ocasión, la multa ascenderá hasta los 600 euros y 8 puntos serán descontados en el permiso de circulación.
6.- Más de 50 kilómetros por hora: este escenario es considerado una de las infracciones más graves. La DGT multará con hasta 1.000 euros de sanción económica y la retirada de 8 puntos en el carné de conducir.
Posibles agravantes
La Dirección General de Tráfico, además de sancionar por rebasar los límites marcados de exceso de velocidad, nos podría aumentar la multa si considera que otras circunstancias agravan la infracción, como puede ser el caso de trasladarte a altas velocidades con condiciones climatológicas adversas o conducir con una gran afluencia de tráfico.
- Conducir con exceso de velocidad en condiciones adversas, es decir, con lluvia, nieve…
- Exceso de velocidad en zonas urbanas o con alta densidad de tráfico, aumentando el riesgo de accidente y poniendo en peligro más vidas.
- Exceso de velocidad en zonas escolares.
- Tener antecedentes por infracciones similares.
¿Qué podemos hacer si nos multan por exceso de velocidad?
- Revisar la sanción: es importante comprobar los datos de la infracción para asegurarte que son correctos y no hay ningún tipo de error.
- Consultar las pruebas: la Dirección General de Tráfico suele enviar fotos y pruebas relacionadas con el exceso de velocidad detectado.
- Plazo para recurrir: tienes un plazo de 20 días naturales desde la notificación para recurrir la multa, si consideras que es incorrecta o no estás conforme con ella. Eso sí, te arriesgas a que se elimine por completo la bonificación del 50% en caso de resultado negativo.
- Pagos anticipados: si pagas la sanción dentro de los primeros 20 días naturales, puedes obtener una reducción del 50% en el importe.
¿Cómo puedo abonar la multa por exceso de velocidad?
El pago de una multas por velocidad en España se puede realizar de manera rápida y sencilla. La primera opción sería accediendo al sitio web de la DGT e introducir el número de referencia de la sanción que figura en la notificación. Podremos abonar la multa a través de la plataforma online con tu tarjeta bancaria o acudiendo de forma presencial a las oficinas de la DGT, oficinas de Correos o alguna entidad bancaria. Para realizar el proceso de forma online deberás hacer lo siguiente:
- Accede a la sede electrónica de la DGT: https://sede.dgt.gob.es.
- Busca la sección de «Pago de multas» e introduce los datos de la multa.
- Realiza el pago de forma segura con tarjeta bancaria.
¿Qué pasa si no pago la multa?
Muchos usuarios no están de acuerdo con las multas de tráfico y optan por no abonarlas, ni siquiera fuera de los plazos establecidos. No obstante, esta decisión podría acarrear graves problemas, sobre todo, para el bolsillo: la sanción se incrementará notablemente con el paso de los días y, además, se sumarán costes adicionales. Por otro lado, podrías enfrentarte a sanciones más graves, tal y como hemos indicado anteriormente, como la retención de puntos en el carné de conducir.
Por ello, si somos conscientes de que realmente somos los autores de la infracción, lo más recomendable es abonar la sanción de forma online o acudir hasta tu oficina más cercana y así quitar de encima una situación que, con el paso del tiempo, se puede llegar a convertir en un serio problema.