Carreteras DGT

Giro radical en la DGT: los únicos conductores que podrán llevar motos de 125 con el carnet de coche

Motos 125 cc DGT

Hace 20 años, la DGT implementó una medida que permitió a los titulares del carnet tipo B conducir motos de hasta 125 cc o eléctricas de hasta 15 caballos de potencia sin la necesidad de pasar un examen o curso adicional. Esta iniciativa fue vista como una solución eficiente ante las restricciones de movilidad que se empezaron a aplicar en las ciudades españolas debido a las normativas ambientales y la preocupación por las emisiones. La medida, además, incentivó la compra de motocicletas y contribuyó al resurgimiento del mercado de las dos ruedas, que atravesaba momentos difíciles.

A raíz de esta flexibilización, muchos conductores que inicialmente utilizaban motos de 125 cc decidieron sacarse el carnet para motos de mayor cilindrada, impulsando así el sector. Sin embargo, en enero de 2024, el Gobierno anunció la posible eliminación de esta compatibilidad entre los permisos de coche y moto. La propuesta del director general de Tráfico, Pere Navarro, es introducir un curso básico para los conductores que ya tienen el permiso B.

Nuevo requisito de la DGT para conducir motos de 125 cc

Durante años, las motos de 125 cc se han consolidado como una alternativa práctica, económica y menos contaminante frente al uso de automóviles, especialmente en entornos urbanos congestionados.

Sin embargo, la creciente tasa de accidentes entre motoristas y el modelo implementado en Francia impulsaron una revisión de esta normativa. A principios de 2024, la DGT propuso introducir un curso obligatorio para aquellos conductores con más de tres años de experiencia con el carnet B, con el objetivo de mejorar la seguridad vial. Este curso constaría de siete horas, distribuidas entre tres horas de teoría y cuatro horas de práctica. Aunque se esperaba que la medida se implementara antes de finalizar la legislatura, aún no se ha concretado una fecha exacta para su entrada en vigor.

El curso no tendrá efectos retroactivos, por lo que los conductores que ya tienen experiencia con motos de 125 cc podrán seguir usándolas sin necesidad de cumplir con el nuevo requisito. Sin embargo, aquellos que obtengan el carnet B a partir de 2025 deberán cumplir con esta formación adicional para poder conducir motocicletas de hasta 125 cc. El coste estimado de este curso en España podría ser de alrededor de 299 euros, siguiendo el modelo francés.

En cuanto a la normativa para los conductores actuales, la DGT ha tranquilizado a los usuarios de motos de 125 cc que no deberán cumplir con los nuevos requisitos. Esta decisión asegura que los conductores con experiencia no se verán afectados por las reformas, pero sí se prepara a los nuevos conductores con el objetivo de mejorar la seguridad vial a largo plazo.

Tipos de motocicletas

Hasta que la nueva normativa de la DGT entre en vigor, los conductores con permiso B y al menos tres años de experiencia podrán seguir conduciendo ciertos vehículos de dos y tres ruedas sin necesidad de realizar un curso adicional.

Entre los vehículos que se pueden seguir conduciendo con el carnet de coche tipo B se encuentran las scooters y triciclos de 125 cc, las motos más vendidas en España, según la Asociación Nacional de Empresas del Sector de las Dos Ruedas (ANESDOR). También se pueden conducir motos de 125 cc, como las naked, custom, deportivas y trail, siempre que respeten la cilindrada indicada, sin necesidad de requisitos adicionales.

Además, los triciclos y cuatriciclos homologados de más de 125 cc también son válidos para conducir con el carnet de coche, siempre que cumplan con ciertas especificaciones técnicas, como un sistema de frenos adecuado y una buena visibilidad, lo que asegura que estos vehículos sean seguros y cumplan con las normativas establecidas.

Airbag para motoristas

Además de la implementación del curso obligatorio, la DGT está promoviendo un cambio significativo en la seguridad de los motoristas: la incorporación del airbag. Esta medida, aún en fase de estudio, busca hacer obligatorio el uso del airbag en las pruebas de conducción para motos de mayor cilindrada, con el objetivo de mejorar la protección de los motoristas y reducir los riesgos asociados a los accidentes de tráfico.

La DGT considera que este avance en el equipamiento de seguridad es crucial para reducir la siniestralidad en las carreteras, un problema persistente entre los conductores de motocicletas. El uso del airbag, que ya se ha implementado en algunos modelos de motocicletas, ofrece una mayor protección en caso de accidente, al reducir el impacto y prevenir lesiones graves en el conductor. En este contexto, se está evaluando la viabilidad de exigir el airbag en los exámenes de conducción para motos de alta cilindrada.

Esta medida refleja el compromiso de la DGT por adaptarse a las nuevas tecnologías y mejorar la seguridad de los motoristas en un entorno cada vez más complejo. Además, la inclusión del airbag en las pruebas de conducción serviría como ejemplo para los usuarios y promovería su uso generalizado, protegiendo a los motoristas en las carreteras.

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