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La Inspección Técnica de Vehículos, conocida como ITV, es uno de los trámites más temidos por los conductores en España. Cada cierto tiempo, es necesario someter el vehículo a una revisión exhaustiva para comprobar que cumple con las normas de seguridad y emisiones establecidas. Sin embargo, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado que partir del año 2025, algunos vehículos quedarán exentos de esta obligación.
Esta decisión tiene como objetivo principal la preservación del patrimonio automovilístico, reconociendo el valor histórico y cultural de ciertos modelos antiguos. No se trata de una exención generalizada, sino que está pensada específicamente para un grupo muy concreto de coches: aquellos matriculados antes del 1 de enero de 1950.
Los coches que no tendrán que pasar la ITV
La reforma anunciada por la DGT introduce una exención total de la ITV para todos los vehículos matriculados antes del 1 de enero de 1950. Esta medida no sólo afecta a turismos, sino también a ciclomotores que puedan demostrar su antigüedad y valor histórico. Se estima que cerca de 47.000 vehículos en toda España cumplen con estos requisitos, aunque muchos de ellos están en manos de coleccionistas o asociaciones dedicadas a la restauración y exhibición de coches antiguos.
Esta exención no es simplemente un gesto administrativo. Representa un reconocimiento al valor cultural y patrimonial de estos vehículos. La lógica detrás de esta decisión es sencilla: los vehículos con más de 75 años de antigüedad, en la mayoría de los casos, son piezas de colección tratadas con un mimo especial. Muchos de estos coches apenas recorren unos pocos kilómetros al año, y cuando lo hacen, es en contextos muy controlados. A esto se suma la dificultad que implica encontrar recambios específicos o mantener la originalidad de sus componentes, lo que haría muy complicado cumplir con los estándares técnicos actuales.
El concepto de «vehículo histórico» va más allá de la antigüedad. Para que un coche pueda ser catalogado como tal, es necesario que cumpla con ciertos criterios definidos por las autoridades competentes, entre ellos, la conservación de sus elementos originales, el no uso habitual y, en algunos casos, haber superado una serie de trámites administrativos y técnicos.
Hasta ahora, muchos coches con más de 30 años podían solicitar la catalogación como históricos y, con ello, obtener algunos beneficios, como revisiones más espaciadas o exenciones parciales de impuestos. A partir de esta nueva medida, los coches anteriores a 1950 tendrán automáticamente el beneficio de no tener que pasar la ITV, aunque no estén registrados formalmente como históricos. Esto no significa que pierdan la opción de pasarla si el propietario lo desea, pero deja de ser un requisito obligatorio.
En cuanto a otros vehículos, como los ciclomotores antiguos que nunca llegaron a matricularse formalmente, también se verán beneficiados si cumplen con los criterios de vehículo histórico. Eso sí, aquellos que fueron fabricados después de 1950, aunque tengan cierto valor histórico, deberán seguir cumpliendo con las revisiones, aunque en algunos casos de forma más espaciada (cada dos o cuatro años, dependiendo del tipo de vehículo y su antigüedad).
Vehículos históricos según la DGT
Los automóviles con una antigüedad superior a los 30 años, que se mantengan en su estado original sin modificaciones relevantes, pueden ser reconocidos como vehículos históricos. Esta designación tiene como objetivo preservar el valor simbólico, técnico y cultural de modelos representativos de épocas pasadas de la automoción.
Además de la edad, también pueden recibir esta catalogación aquellos vehículos que tengan un interés especial, como haber pertenecido a una figura pública, haber participado en acontecimientos históricos o estar incluidos en registros oficiales de patrimonio.
Los vehículos históricos están exentos de cumplir con las normas actuales de emisiones contaminantes. Sin embargo, su uso está regulado: sólo pueden circular de forma ocasional y no superar los 96 días al año. No está permitido utilizarlos como transporte habitual, ni para fines comerciales o labores agrícolas. Además, se deben respetar limitaciones específicas según la velocidad máxima que alcancen, las condiciones de iluminación y la seguridad de los ocupantes, especialmente menores.
Catalogación
Solicitar la catalogación de un vehículo como histórico dependerá de su situación actual. Si el coche ya está matriculado en España, se encuentra activo (es decir, no ha sido dado de baja de forma permanente) y cuenta con la ITV en vigor, bastará con solicitar el cambio de servicio a histórico, dentro del llamado Grupo A.
En cambio, si el vehículo nunca ha estado matriculado en el país, o si la matrícula original no refleja adecuadamente su fecha de fabricación, el procedimiento será el de matriculación como histórico del Grupo B. Este mismo trámite aplica también a los casos en los que el coche haya sido rescatado de un desguace o conste como dado de baja definitiva.
Una vez finalizado el proceso, se emite un nuevo permiso de circulación y una ficha técnica donde consta el nuevo estatus del vehículo, así como posibles restricciones para su uso. Los vehículos históricos llevan una única matrícula. Los ya matriculados conservarán su placa original y lucirán un distintivo amarillo con una «H». En los demás casos, se les asigna una matrícula específica.