Coronavirus

¿Las empleadas de hogar deben trabajar tras el endurecimiento del estado de alarma?

La actividad en toda España se paraliza ante el coronavirus. Sin embargo, algunos sectores son esenciales: ¿están incluidas las empleadas de hogar?

Empleadas de hogar y coronavirus
Empleadas de hogar, ¿son servicios esenciales?
Francisco María
  • Francisco María
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Según lo establecido por el gobierno este domingo, los trabajadores que cumplan con el confinamiento gozarán de un permiso recuperable. Este les permitirá recobrar el salario perdido en el correr del año. Pero en este Real Decreto no se nombra expresamente a las empleadas del hogar. De acuerdo al endurecimiento del estado de alerta a causa del coronavirus, solo se realizarán los trabajos considerados esenciales. Dentro de esta lista, se encuentran los servicios de limpieza, pero no las empleadas domésticas.

¿Qué dice el decreto real?

Pedro Sánchez anunció el día sábado el cese de todas las actividades no esenciales. Desde el lunes 30 de marzo hasta la fecha estimada 9 de abril incluido, los trabajadores deben quedarse en casa y tendrán un permiso mediante el cual recibirán su salario con normalidad, con un plazo máximo del 31 de diciembre de 2020. Asimismo, el presidente aprobó en el Consejo de Ministros el listado de actividades esenciales.

El decreto deja muchas dudas sobre las empleadas del hogar. Pues ayer a última hora, el gobierno decidió no incluirlas en el listado de actividades esenciales. Por ello, tendrán derecho al permiso retribuido recuperable.

Desde la SEDOAC (Servicio Doméstico Activo de Madrid) se considera que esta norma deja a interpretación del empleador si el desarrollo de tareas en el hogar debe considerarse actividad esencial o no. Mientras tanto, el sindicato USO interpreta que las empleadas domésticas deberán seguir trabajando.Empleadas de hogar y coronavirus

El personal de limpieza y cuidadores son considerados esenciales

En el artículo 18 del real decreto, se considera a los servicios de limpieza como una actividad esencial, así como las actividades de vigilancia, tratamiento de residuos, mantenimiento y reparación de averías urgentes.

El artículo 9 del último real decreto del Ejecutivo, incluye a las cuidadoras y personas que atienden a niños, enfermos o discapacitados. Quienes desarrollen este tipo de empleos, deberán seguir trabajando de forma normal.

Las empleadas domésticas no son esenciales

Las empleadas del hogar no se encuentran en el listado de actividades esenciales y, por lo tanto, no deberán ir a trabajar. El contratante deberá seguir pagando el sueldo a la empleada y abonando la respectiva cuota a Seguridad Social, para que la empleada recupere las horas no trabajadas como se encuentra establecido en el decreto.

La recuperación de estas horas se realizará de forma paulatina hasta el 31 de diciembre del año en curso, pero estas horas no podrán incumplir las normas de períodos de descanso semanal.

En caso de despido, el gobierno está preparando una ayuda económica de un mes, un subsidio comparable al paro, para todas las personas que hayan sido despedidas a causa de la crisis del coronavirus. La SEDOAC, considera esta ayuda “insuficiente” por su corta duración y solicitan se amplíe al tiempo que dure la crisis.

Se ha denunciado esta semana que los despidos son masivos entre las empleadas domésticas, pues los empleadores temen el contagio. Muchas de ellas no están dadas de alta en la Seguridad Social y en estos casos, no tendrán derecho al subsidio que establecerá el gobierno.

El sector de las empleadas domésticas no tiene reconocido su derecho a las prestaciones por desempleo. Lo recomendado en este momento, señalan los abogados, es realizar un acuerdo de suspensión del trabajo entre empleada y contratante, con la obligación de este último de seguir cotizando por los servicios.

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