El Sindicato Profesional de Policía recurre la decisión de no investigar a los votantes del 1-O por resistencia pasiva grave

El Sindicato Profesional de Policía (SPP), personado en la causa por las cargas del 1-O que instruye el Juzgado de Instrucción 7 de Barcelona, ha presentado un recurso de apelación contra el rechazo a investigar a votantes de los colegios barceloneses por un presunto delito de resistencia pasiva grave.

Pedro Sánchez piolines
Policías en la jornada del referéndum ilegal en Cataluña. (Foto: EFE)

Según un comunicado, el SPP ha recurrido las cuatro denegaciones a investigar a votantes alegando que «las personas que allí se encontraban conocían y sabían a qué iba la Policía Nacional y les hicieron frente, utilizando fuerza pasiva para evitar la acción policial y resistiéndose gravemente a las órdenes dadas por los funcionarios».

El sindicato confía en que la Audiencia de Barcelona estime sus recursos y ordene abrir investigaciones por estas acciones, ya que en las imágenes sobre las actuaciones en los colegios «se aprecia perfectamente cómo la multitud congregada en los puntos de votación realizaba una real resistencia pasiva grave».

«Dichas personas, utilizando fuerza, entrelazadas unas a otras o sujetándose a barandillas o vallas, empujando a los funcionarios, obstruían con su cuerpo el paso de los agentes para impedirles cumplir el mandato judicial», han lamentado, añadiendo que además insultaron a los policías.

El juez de Instrucción 7 rechazó investigar a votantes argumentado que la orden del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) de impedir el referéndum no iba dirigida a los votantes, que no existía una prohibición general de acudir a los centros designados como colegios electorales, y que fueron «víctimas directas de la situación de confrontación generada por los propios poderes públicos».

El juez consideró que, a pesar de que se publicase en todos los medios de comunicación que el TSJC había ordenado impedir la consulta, «cualquier ciudadano podía acudir a los centros electorales al no habérsele prohibido hacerlo».

«Es más, no solo no se les había prohibido, sino que habían sido invitados a ello por el propio Govern de la Generalitat, el Parlament de Cataluña y otras instituciones, existiendo un evidente conflicto de pretendidas legitimidades», abundaba el auto judicial.

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