Ante una hipotética negociación con la Generalitat de Cataluña

Jueces y fiscales advierten que las causas abiertas de Cataluña «no se negocian y seguirán su curso»

sedición
El Parlamento de Cataluña con Carles Puigdemont y Oriol Junqueras en primera fila. (Foto: EFE)

Los jueces y fiscales advierten sobre los procesos judiciales abiertos en el marco del desafío independentista iniciado por la Generalitat de Cataluña y sus socios de Gobierno de ERC y la CUP: «No se negocian y seguirán su curso».

En parte de la judicatura «preocupa el día después» de las causas abiertas en la Audiencia Nacional y en varios Juzgados de Instrucción de Cataluña sobre los presuntos delitos de sedición y otros tipo penales investigados en el último mes, entre ellos el de rebelión que podría acarrear penas muy altas, de hasta 30 años de cárcel.

Las fuentes jurídicas consultadas por OKDIARIO afirman que «la maquinaria judicial no se puede parar». «Esto puede causar un problema al Gobierno si ahora pretende dialogar con la Generalitat de Cataluña y Carles Puigdemont. Sin embargo, en el caso hipotético de que se suavizaran los cargos por parte de la Fiscalía, las acusaciones populares podrían tomar la iniciativa, a través de partidos políticos, asociaciones y otras instituciones, personándose en estos procesos que no se cerrarán en falso» añaden.

Desde la Unión Progresista de Fiscales (UPF) recuerdan que «en un Estado de Derecho, la Justicia es independiente y el Ministerio Público no puede recibir órdenes, ni presiones del Ejecutivo. La posible negociación entre el Gobierno y la Generalitat de Cataluña es política, no judicial» sentencian.

Precisamente, la UPF junto a la Asociación de Fiscales (AF) y la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) emitían este martes un comunicado conjunto sobre la Declaración Unilateral de Independencia de Cataluña (DUI) asegurando que «se ha consumado tristemente el golpe al Estado de Derecho y al régimen de libertades de todos los ciudadanos».

Josep Lluís Trapero
Josep Lluís Trapero, mayor de los Mossos d’Esquadra, a su llegada a la Audiencia Nacional (Foto: EFE).

Por su parte, desde la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) recuerdan que «los directores de las causas abiertas por el desafío independentista en Cataluña son los jueces instructores y que en ningún caso se propiciará cualquier tipo de negociación en el Poder Judicial». «Una supuesta negociación en este ámbito», añaden, «iría en contra de los principios legales de un Estado de Derecho».

Los procesos judiciales abiertos

El pasado mes de septiembre, el pleno del Tribunal Constitucional suspendía la denominada Ley del Referéndum aprobada en el Parlamento de Cataluña. En paralelo, la Fiscalía General del Estado daba instrucciones a las Fiscalías provinciales para citar en calidad de investigados a los 712 alcaldes de los ayuntamientos que, según la web de la Asociación de Municipios por la Independencia (AMI), habían firmado decretos para poner a disposición de la Generalitat los locales necesarios para llevar a cabo el referéndum ilegal del 1 de octubre.

Mientras, el jefe de los Mossos d’Esquadra, Josep Lluís Trapero, es investigado por sedición junto a los presidentes de las entidades independentistas ANC y Òmnium Cultural, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart. Este delito puede conllevar penas de hasta 15 años de prisión.

Por su parte, más de ocho Juzgados catalanes han abierto sendas investigaciones por «la inacción de los Mossos» para dar cumplimiento a las disposiciones del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y evitar la celebración del referéndum ilegal del 1-O.

José Manuel Maza
José Manuel Maza. (Foto: EFE)

Las mismas fuentes consultadas recuerdan la posibilidad de que algunos condenados por estos procesos se pueden beneficiar de un indulto. «Esta posibilidad actualmente está mucho más imitada que hace años».

Puigdemont, la rebelión y la detención

Mientras el Ejecutivo activa el artículo 155 de la Constitución para intervenir la Comunidad Autónoma de Cataluña, los juristas debaten sobre la acusación del delito de sedición o rebelión a Carles Puigdemont tras su declaración «ambigüa de independencia».

Según el artículo 472 del Código Penal, serán reos de este delito contra la Constitución aquéllos que “se alzaren violenta y públicamente para derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución” o para “declarar la independencia de una parte del territorio nacional”.

La UPF considera que, a día de hoy, Puigdemont no habría cometido los delitos de sedición o rebelión porque «no se han registrado alzamientos tumulturarios o violentos». En este contexto, la posible detención del presidente catalán «se aleja cada vez más», según fuentes jurídicas.

artículo 155
Carles Puigdemont firmando la declaración de independencia. (Foto: AFP)

Por su parte, el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, anunciaba este miércoles que el Ejecutivo ha solicitado al presidente catalán un requerimiento para que explique si ha declarado la independencia, es decir, el trámite previo para la activación del artículo 155.

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