Sánchez incide en el error: promete blindar las pensiones que ya protege la Constitución

Pedro Sánchez
Pedro Sánchez en un acto de campaña en Canarias. Foto: Europa Pres.

El presidente del Gobierno y candidato a la reelección, Pedro Sánchez, se ha comprometido este sábado en Canarias a promover, si revalida el cargo, una reforma de la Constitución que blinde el carácter público de las pensiones.

En un mitin en Arona (Tenerife), ante un auditorio de unas 1.200 personas que le acogido calurosamente, ha advertido de que Vox no representa ninguna novedad en España, dado que la ultraderecha siempre ha existido, «dentro o fuera del PP».

El líder del PSOE ha arengado a los suyos diciéndoles que ve «muy cerca» que el partido gane unas elecciones generales «por primera vez en 11 años» y lo haga con una amplia mayoría que le permita depender «de sus propias fuerzas», hablando con todos los partidos, pero gobernando en solitario.

El artículo 50 de la Constitución Española blinda las pensiones en España: «Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad». Pero este lo desconoce Pedro Sánchez al proponer que el PSOE «blindará en la Constitución española el Pacto de Toledo».

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, no conoce la Constitución Española. Así lo demuestra con su última propuesta de cara a las elecciones generales del 28-A: blindar las pensiones en la Carta Magna. Sánchez desconoce que las pensiones ya están blindadas en la Constitución. El artículo 50 establece, textualmente, que “los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad”.

“Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio”, añade este artículo de la Carta Magna recogido en el capítulo tercero, “De los principios rectores de la política social y económica” y el “título I. De los derechos y deberes fundamentales”.

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