ALCALÁ DE HENARES

El profesor sancionado se querella por prevaricación contra la directora y la inspectora de educación

Profesor querella
El profesor de Biología del IES Complutense y su abogada.
Paula Baena

El profesor Jesús Barrón sancionado por enseñar a sus alumnos de 1º de la ESO que sólo existen dos sexos ha interpuesto una querella criminal contra la directora del instituto público de Alcalá de Henares IES Complutense y contra la inspectora de Educación de la Comunidad de Madrid que abrió el expediente por presunta prevaricación con agravante de discriminación.

Al margen de la vía contencioso-administrativa que está abierta hasta que la Comunidad de Madrid resuelva el expediente abierto contra este profesor el pasado 31 de mayo, por el que se encuentra apartado cautelarmente de la docencia y se le ha reducido el sueldo en 800 euros, Barrón ha decidido abrir de la mano de Abogados Cristianos la vía penal contra las dos mujeres que le han apartado de la enseñanza tras 25 años.

De acuerdo con la querella, a la que ha tenido acceso OKDIARIO, el maestro explicó a los menores de doce años una «realidad biológica» como es la «existencia de dos sexos, hombre y mujer, con sus correspondientes cromosomas XY y XX», una enseñanza incluida dentro de la programación didáctica usual y para la que utilizó material didáctico «probado y que nunca había causado problema alguno».

La querella, presentada en los Juzgados de Alcalá de Henares este jueves, explica que, como resultas de la denuncia de un alumno del que desconocen la identidad, Barrón López ha sido «sometido a una investigación de la que se devino un Informe del Servicio de Inspección Educativa y la posterior incoación de expediente sancionador».

El documento recoge la indefensión a la que, a juicio de los abogados, se ha visto sometido el profesor, al no tener «acceso al Informe del Servicio de Inspección Educativa, ni conocimiento de los hechos que se le imputan en la denuncia ni de quién es el denunciante».

Tampoco se le ha dado, según la denuncia, plazo para hacer alegación alguna antes de la imposición de la sanción, tomándose la medida inaudita parte, y «todo se ha hecho atentando claramente al honor del expedientado, así como con manifiesta inquina ideológica, de forma sumaria y persecutoria».

Asimismo recoge que la medida cautelar adoptada de suspensión de empleo y sueldo (parcial) durante seis meses vulnera de forma manifiesta los derechos del expedientado y le provoca un «daño irreparable».

«La imagen pública y el derecho al honor del sancionado han quedado irremediablemente dañados. Económicamente se priva a un padre de familia de su sustento, medida tremenda, y que, en caso de ser retirada, obligará a la administración a devolver todo el dinero con intereses», subraya.

La defensa de Jesús Barrón alega que la actuación tanto de la directora del centro como de la inspectora ha vulnerado sus derechos constitucionales de tutela judicial efectiva, libertad de cátedra, libertad de expresión y derecho a la información.

Por tanto, considera que ambas habrían incurrido en un delito de prevaricación recogido en el artículo 404 del Código Penal con agravante de discriminación, por haber adoptado esa decisión «injusta» a sabiendas de serlo por, supuestamente, la ideología del docente.

Un delito por el que tanto la directora como la inspectora se enfrentan a penas de entre nueve y quince años de inhabilitación para empleo o cargo público.

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