Patrimonio de Manuela Carmena

Carmena recurre una sentencia judicial que le obliga a informar sobre si tiene una Sicav

Un juzgado falla que la alcaldesa tiene que informar sobre el nombre de las empresas de las que es accionista

Un ciudadano denunció que Carmena no rellenaba todos los datos de su declaración de bienes

La alcaldesa tiene un patrimonio que roza los 2,5 millones de euros

Carmena recurre una sentencia judicial que le obliga a informar sobre si tiene una Sicav
La alcaldesa madrileña Manuela Carmena. (Foto. Madrid)

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 28 de Madrid ha ordenado al Ayuntamiento que proceda a tramitar una petición de información pública sobre el patrimonio societario de Manuela Carmena y, en particular, que confirma o desmienta si tiene una supuesta Sicav. Sin embargo, tal como ha podido confirmar OKDIARIO, la regidora va a recurrir para no tener que informar sobre el tema.

Los hechos se han sucedido de la siguiente forma: el ciudadano madrileño Guillermo Rocafort pidió al comienzo de la legislatura, en febrero de 2016, que la alcaldesa, como el resto de ediles, desglosara su patrimonio societario.

En su escrito apuntó que, por ejemplo, el concejal del PP Pablo Cavero sí incluyó el nombre de las sociedades y la fecha de adquisición. Algo que no hizo Carmena.

A continuación, el Ayuntamiento inadmitió la petición de información. Aseguraba que Carmena ya había incluido su declaración de bienes en el Portal de Transparencia siguiendo el formulario oficial.

Tras ello, el solicitante de la información denunció a los tribunales que la razón que esgrimía el Consistorio para inadmitir la petición no es una de las que recoge la Ley de Transparencia.

Finalmente, el juez Ángel Ardura, en una sentencia a la que ha tenido acceso OKDIARIO, falla «estimar en parte el recurso contencioso-administrativo ordenando retrotraer las actuaciones administrativas al momento anterior al dictado de la resolución recurrida, para que por el Ayuntamiento se proceda a la tramitación de la solicitud presentada por el demandante».

Sentencia contra la ocultación de datos de Carmena. (Clic para ampliar)

Fuentes del entorno de Carmena dicen que «no es una Sicav, es una cartera de acciones»

Sin embargo, fuentes oficiales del entorno más próximo de la alcaldesa confirman a OKDIARIO que recurrirán la sentencia y añaden que «no es una Sicav, es una cartera de acciones». La petición de información que el juez obliga a cumplir pide que «se informe sobre el nombre de la Sicav o Sicavs, o en su defecto fondos de inversión, donde la alcaldesa tiene invertidos los 430.000 euros que declara especificando la fecha de adquisición».

Ejecución de sentencia

Por su parte, el ciudadano que demanda avanza a OKDIARIO que va a pedir la ejecución de la sentencia. Considera que si Carmena no tiene nada que esconder debería aportar el nombre de sus sociedades. La sentencia está fechada a 14 de noviembre por lo que acaba de cumplirse el mes establecido por la Ley de Transparencia para contestar su petición tras el aval judicial que supone la sentencia. Sin embargo, Carmena no ha cumplido.

Carmena en 2016 afirmó que esos 430.000 euros son «una cartera de renta variable con acciones de distintas sociedades en Bankinter». «Esta cartera de acciones comenzó a nutrirse hace más de 50 años con las que mi padre fue adquiriendo en vida para cada una de sus hijas. Más adelante las que heredé al fallecimiento de mi padre y después las que he ido adquiriendo en distintas fechas como consecuencia de la gestión ordinaria de la cartera», relataba. Se trata de unas explicaciones que no convencen al demandante.

Excusas del Ayuntamiento

Por su parte, para poder ocultar el patrimonio societario de Carmena, el letrado municipal esgrimió varios puntos en un escrito remitido al Juzgado al que ha accedido OKDIARIO. Entre otras razones expone que «debe prevalecer el respeto a los derechos a la protección de datos personales o a la intimidad, protegidos constitucional (artículos 18.1 y 105.b) y legalmente (leyes de transparencia, régimen jurídico y procedimiento administrativo).

Asimismo, el escrito dice que «en todo caso, se aplicará atendiendo a un test de daño y de interés público en la divulgación».

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