"La decisión es política, no jurídica"

El Supremo considera que el Gobierno no defiende a Llarena para «mantener a Sánchez en el poder»

Pablo Llarena
El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena.

El Tribunal Supremo considera que el Gobierno ha decidido no defender al magistrado Pablo Llarena de la demanda presentada por el expresidente catalán fugado, Carles Puigdemont y 4 exconsellers en Bélgica, para «mantener a Pedro Sánchez en el poder».

Puigdemont y los independentistas declarados en rebeldía demandaron ante el tribunal belga «la presunta falta de imparcialidad y la vulneración de los derechos de los investigados por parte del magistrado». Una demanda que formaría parte de la estrategia de los golpistas para desprestigiar la imagen de la justicia española a nivel internacional.

Este jueves, el Ministerio de Justicia aseguraba en un comunicado que ante las «expresiones o manifestaciones privadas realizadas por el juez Llarena»el Gobierno «no puede actuar, puesto que supondría defender a un particular por afirmaciones de carácter privado ajeno a su función». Además, el Ejecutivo añadía que sólo defenderá a Llarena si «se cuestiona su instrucción».

Según las fuentes consultadas por OKDIARIO, dicha afirmación del Ejecutivo socialista de Sánchez tiene «trampa» ya que «los hechos no van a cuestionarse, sino la figura del instructor». «La decisión se toma fruto del equilibrio de poderes que mantienen al Gobierno», ya que obviamente los partidos independentistas catalanes no apoyarían a un Gobierno que defiende al juez Llarena.

Estas mismas fuentes muestran su preocupación por «el impacto que la demanda en Bélgica contra Llarena pueda tener en instancias judiciales supranacionales», como el Tribunal de Estrasburgo, cuando se celebre el juicio y el Supremo dicte su sentencia sobre la causa contra el independentismo catalán. «Esto no es un debate jurídico, es exclusivamente político» concluyen.

Cabe destacar que la propia abogada General del Estado, Consuelo Castro, presentó el 31 de julio un informe en el que aseguraba que Llarena «está siendo demandado por el legítimo ejercicio de su función de instructor». Por tanto, destacaba, «concurren los requisitos previstos en el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado para autorizar la representación y defensa del magistrado». Sin embargo, el Ejecutivo socialista hacía caso omiso.

El comunicado del Mº de Justicia

En el comunicado difundido este jueves, el Ministerio de Justicia señalaba que no defendería al magistrado Pablo Llarena a título personal en la causa abierta en Bélgica contra el juez, porque “la demanda presentada en Bruselas incluye también referencias a expresiones o manifestaciones privadas realizadas por el juez Llarena ante las que el Gobierno no puede actuar, puesto que supondría defender a un particular por afirmaciones de carácter privado ajeno a su función”.

“Pero en lo que se refiere a la función jurisdiccional del magistrado”, añadía el Ejecutivo, “cualquier mención a la misma por parte de la autoridad judicial belga supondría una vulneración del principio acta iure imperii, en virtud del cual los Estados extranjeros no pueden ser demandados ni sometidos a la jurisdicción de los tribunales de un determinado país”.

El Ministerio de Justicia afirmaba que la Ley 52/97 de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, y el Reglamento que la desarrolla, “no prevé la intervención del Servicio Jurídico del Estado ante juzgados o tribunales ordinarios de países extranjeros. Por ello, si la evolución de la causa belga recomienda la personación del Estado español, el Ministerio de Justicia contratará un bufete privado que defienda su soberanía e inmunidad jurisdiccional”.

El Gobierno aclaraba que el Estado español sí se personaría ante la Justicia de Bélgica “en defensa de la soberanía e inmunidad jurisdiccional de los tribunales españoles si, en el momento de admitir a trámite la demanda presentada por el expresidente y cuatro exconsellers de la Generalitat contra el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, la autoridad judicial belga menciona siquiera entre sus argumentos hechos o datos de la causa penal abierta en España contra ellos“.

El proceso penal conocido como ‘el procès’, instruido por el magistrado demandado, está sometido de manera exclusiva y excluyente a la jurisdicción española. Por ese motivo, si se ve cuestionada por la actuación del tribunal de instancia de Bruselas que tramita dicha demanda, el Gobierno actuará en la medida proporcional y adecuada para proteger la inmunidad jurisdiccional del Reino de España y su potestad soberana del ejercicio de la jurisdicción” sostenía el Ministerio.

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