Sentencia 'caso Pretoria'

Condenados Prenafeta y Alavedra, exaltos cargos de Pujol, a 1 año y 11 meses por el ‘caso Pretoria’

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Lluís Prenafeta. (Foto: EFE)

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a penas de hasta 7 años y 1 mes de cárcel a los once acusados en el juicio de la llamada “Operación Pretoria”. Entre ellos, los exconsejeros de la Generalitat de Cataluña y exaltos cargos de Jordi Pujol, Maciá Alavedra y Lluís Prenafeta, a quienes la Sala ha impuesto penas que suman para cada uno 1 año, 11 meses y 27 días de prisión por delitos de tráfico de influencias y blanqueo de capitales al aplicarles las atenuantes de dilaciones indebidas y de confesión.

En la causa se han juzgado ilícitas actuaciones en operaciones urbanísticas desarrolladas durante los años 2002 a 2009 en las localidades de Santa Coloma de Gramenet, San Andrés de Llavaneras y Badalona, así como las ganancias que los acusados ingresaron en sus patrimonios directamente o bien a través de intermediarios o testaferros.

En la sentencia de 1.370 páginas, los magistrados de la Sección Segunda, con ponencia de la presidenta del Tribunal, Concepción Espejel, condenan a los acusados por delitos de tráfico de influencias, prevaricación administrativa, cohecho, falsedad documental y blanqueo de capitales. En el fallo se detallan las penas y delitos por los que ha sido condenado cada acusado.

El exdiputado del PSC, Luis Andrés García Sáez “Luigi”, ha sido condenado a 7 años, 1 mes y 27 días de prisión, mientras que al exalcade de esta formación en Santa Coloma de Gramenet, Bartomeu Muñoz, se le ha impuesto la pena de 5 años, 8 meses y 28 días de cárcel. Por su parte, exconcejal Manuel Dobarco ha sido condenado a 8 años y 6 meses de inhabilitación.

La resolución acuerda el comiso de las ganancias ilícitas obtenidas en las tres operaciones urbanísticas enjuiciadas, Pallaresa, Niesma y Badalona, que ascendieron a un total de 5.886.925,66 euros. Igualmente acuerda el comiso de las dádivas recibidas por Bartomeu Muñoz, por 1.144.724,55 euros; de las ganancias ilícitas obtenidas por Alavedra, que ascienden a 3.243.103,28 euros, así como de Prenafeta, por 5.193.170,01 euros.

A todos los acusados, los jueces les aplican la atenuante simple de dilaciones indebidas atendiendo a la duración del procedimiento, de ocho años y ocho meses hasta la fecha de la sentencia.

El Tribunal destaca la envergadura de la causa, un sumario que consta de 60 tomos de actuaciones, 8 tomos de documental y 21 tomos de comisiones rogatorias internacionales. Además, incluye dos tomos de traducciones y amplia documentación que una vez analizada y digitalizada dio lugar a ciento treinta y siete tomos adicionales. Además, el rollo de Sala está formado por cinco tomos y otros seis más de documentación.

La sentencia, en sus hechos probados, relata cómo entre los años 2002 y 2009 en el área metropolitana de la provincia de Barcelona, en  las localidades de Santa Coloma de Gramenet, San Andrés de Llavaneras y Badalona los condenados participaron en diversas operaciones urbanísticas que en lugar de favorecer el interés público buscaban  la obtención de elevados rendimientos económicos para promotores e inversores particulares, propiciando importantes beneficios y comisiones, “no amparadas en otras actividades comerciales lícitas, ganancias que ingresaron en sus patrimonios bien directamente o bien siendo canalizados a través de intermediarios, testaferros o sociedades ad ministradas o controladas de hecho por los mismos”.

‘Luigi’ el conseguidor

Los magistrados describen el papel trascendental llevado a cabo en las ilícitas actuaciones urbanísticas por Luis García, conocido como “Luigi”. Como diputado del PSC durante los años 1980 a 1988, mantuvo, según el tribunal, fluidas relaciones personales y de antigua militancia política con diversos cargos públicos que le permitían actuar como “conseguidor”, “facilitador” o “intermediario”. 

Intervino en las operaciones desarrolladas en las tres localidades mencionadas, ideando y liderando las mismas y desarrollando actividades esenciales para seleccionar a los posibles inversores a los que ofertaba el plan de negocio y favoreciendo la aprobación posterior de los cambios urbanísticos por los que percibía contraprestaciones y comisiones “tanto para él mismo como para los diversos cargos públicos e intermediarios que propiciaron la culminación de las diversas operaciones”.

En una de las operaciones investigadas, la llamada “Operación Pallaresa” en la localidad de Santa Coloma de Gramenet, la sentencia relata cómo  la amistad con el alcalde  permitió a Luis García asumir una dirección fáctica importante en los concursos y adjudicaciones públicas y en los procesos de modificación urbanística.

Por expresa indicación del Alcalde, que le presentó como su asesor y hombre de confianza, Luis García, de modo habitual, “despachaba con los técnicos municipales, obtenía información directa sobre el estado de los expedientes y orientaba el sentido de los informes para que fueran favorables a las decisiones pretendidas, fundamentalmente en los relativos a modificaciones urbanísticas”.

La sentencia detalla cómo, del mismo modo Luis García influyó sobre el regidor de Urbanismo en el municipio de San Andrés para dirigir la modificación urbanística producida en las fincas de la llamada Operación Niesma.

En el municipio de Badalona, Luis García ejerció su influencia sobre el Consejero Delegado de la sociedad pública Marina Badalona para tomar parte en la llamada “Operación Badalona” y en otros cargos que permitieron que una finca edificable situada en un lugar estratégico del puerto pasara a manos de inversores particulares que obtuvieron una gran plusvalía en su reventa.

Ayuntamiento de Badalona, uno de los tres consistorios implicados en el ‘caso Pretoria’.

Comisiones en paraísos offshore

A lo largo de 1.369 páginas los magistrados analizan las operaciones urbanísticas investigadas. Los jueces concluyen que el ex Secretario de la Presidencia de la Generalitat en la década de los 80, Lluis Prenafeta, y el exconseller de Economía Maciá Alavedra intervinieron activamente en las operaciones de especulación inmobiliaria desplegadas en los municipios de San Andrés de Llavaneras y Badalona para favorecer a empresarios particulares.

Según el tribunal, estos dos acusados, “sabedores de los contactos e influencias que Luis Andrés García tenía en estos municipios y del ascendiente e influencia que también ellos ejercían sobre determinados cargos públicos de Cataluña, se concertaron con el mencionado García, planificando y ejecutando el manejo de los tiempos del desarrollo urbanístico y de las adjudicaciones, lo que les permitió recibir ilícitas comisiones carentes de toda justificación y lógica comercial, que fueron pagadas por empresarios particulares”.

La Sala considera probado que García, Prenafeta y Alavedra se sirvieron de un complejo entramado societario, así como de diversas cuentas bancarias abiertas en entidades situadas en territorios offshore para ocultar cuantiosas ganancias procedentes de su actividad delictiva, tanto por sus intermediaciones en diversas adjudicaciones como por eludir el pago de impuestos a la Hacienda Pública, “desvinculándolas de su origen y titularidad para aflorarlas con una apariencia lícita”.

Para lograr esa ocultación y reinversión de los fondos generados de forma ilícita, tanto Prenafeta como Alavedra se sirvieron de sus esposas, así como de los también acusados Gloria Torres y Philip Mc Mahan.

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