Trapero reconoce en su propio informe que ordenó “contención” a los Mossos en el referéndum ilegal

Trapero-Mossos
El ex mayor de los Mossos Josep Lluís Trapero. (Foto: EFE)
Carlos Cuesta

El mayor destituido Josep Lluís Trapero reconoce en su propio informe que ordenó “contención” a los Mossos en el referéndum ilegal. Lo refleja en el documento elaborado por él mismo en el que narra su versión del 1-O. Un documento donde admite que ordenó a los agentes autonómicos que “tendrá que imperar la contención y la mediación de cara a facilitar el mantenimiento de la paz social y la convivencia”.

La explicación de los hechos parte de la base de culpar al dispositivo del Gobierno de haber previsto que se trataría de una movilización “pacífica”, como muestra el documento al que ha tenido acceso OKDIARIO. Razón que motivó el número de agentes desplegados según la versión de Trapero. Pero, a partir de ahí, realiza una serie de confesiones donde admite que las órdenes de los agentes eran de contención.

Trapero defiende que sí trasladó las órdenes de la Justicia. “Para asegurar la plena difusión en el cuerpo de Mossos del contenido del auto judicial, la Prefectura de la policía convoca una sesión informativa extraordinaria el viernes 29 de septiembre a las 10:45 horas. Esta sesión estaba dirigida a jefes de comisaría superior y mandos de comisarías superiores, jefes y subjefes de comisaría general y de región policial, jefes y subjefes de división, jefes de área, jefe de sala central de mando, jefes de salas regionales de mando y jefes de comisarías de distrito, y contó con la asistencia de 220 mandos”. El ex mayor afirma que “en la sesión informativa se explicaron las pautas de actuación para dar cumplimiento a las órdenes dadas por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Estas pautas de actuación fueron también distribuidas por vía jerárquica a todos los efectivos del cuerpo que tenían que actuar en el dispositivo del 1 de octubre”.

Y que entre esas pautas se encontraban las siguientes: “Las acciones a llevar a cabo se regirán por los principios básicos de actuación, especialmente los de congruencia, oportunidad y proporcionalidad”, pero añade que “donde tendrá que imperar la contención y la mediación de cara a facilitar el mantenimiento de la paz social y la convivencia”, dando por hecho que la contención efectivamente mostrada -que fue no hacer prácticamente nada- era la única manera de tener paz social. O, lo que es lo mismo, asegurando, que todo lo que se excediese de su actuación generaba disturbios y violencia.

Trapero afirma que también ordenó que “el uso de la fuerza ante conductas de desobediencia pasiva se realizará haciendo el acompañamiento de personas para hacer las comprobaciones y las acciones ordenadas en el auto judicial”, de forma que “el uso de la defensa policial extensible a otros elementos de naturaleza similar se contempla en caso de agresiones a terceros o a la propia policía, dirigiendo su acción en todo caso únicamente sobre las personas que provocaron las citadas agresiones, y nunca de manera generalizada”. Es decir, que no permitió el uso de la fuerza para retirar las urnas, sino, exclusivamente, para defenderse.

“En todos los casos se tendría que tener en cuenta cuáles pueden ser las consecuencias, para no generar un mal mayor del que se trataba de evitar, especialmente en los casos donde hubiera presencia de menores, personas mayores o de otros colectivos vulnerables”, añadió Trapero en su listado de órdenes.

El resultado es conocido. Una actuación bajo mínimos que dejó sin auxilio a la Policía Nacional y Guardia Civil y que permitió que se desarrollase el referéndum ilegal en todo el territorio catalán.

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