El Gobierno solo admitirá un ‘sí’ o ‘no’ como respuesta en el requerimiento a Puigdemont

Artículo 155
Consejo de Ministros en el Palacio de la Moncloa. (Foto: EFE)
Luz Sela
  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

El Gobierno sólo aceptará un ‘sí’ o ‘no’ en la respuesta que el presidente catalán, Carles Puigdemont, dé al requerimiento anunciado este miércoles, paso previo para la activación del artículo 155 de la Constitución. Cualquier otra interpretación confirmará que la independencia, efectivamente, ha sido proclamada. La contestación pone contra las cuerdas al Gobierno catalán que ha tratado de esquivar las responsabilidades de la independencia ilegal, dejando la declaración en suspenso.

Puigdemont tiene que dar esa respuesta antes de las 10.00 horas del lunes 16. Si es positiva, el Ejecutivo le otorga un nuevo plazo, hasta la misma hora del jueves, para regresar al orden constitucional. En el supuesto de rechazo, el Gobierno activará de forma «inmediata» en el Senado el artículo 155, se dice en el requerimiento, anunciado este miércoles.

En Moncloa cuestionan el embrollo terminológico empleado por el presidente independentista para camuflar la secesión y admiten que Puigdemont podría escudarse, de nuevo, en sus mismas declaraciones en la intervención ante el Parlament:

«Llegados a este momento histórico, y como presidente de la Generalitat, asumo al presentar los resultados del referéndum ante el Parlamento y nuestros conciudadanos, el mandato del pueblo de que Cataluña se convierta en un Estado independiente en forma de república. Esto es lo que hoy corresponde hacer. Por responsabilidad y por respeto. Y con la misma solemnidad, el Gobierno y yo mismo proponemos que el Parlamento suspenda los efectos de la declaración de independencia para que en las próximas semanas emprendamos un diálogo sin el cual no es posible llegar a una solución acordada», dijo, textualmente.

En fuentes gubernamentales se admite la difícil interpretación de esas palabras, ya que, mientras algunas versiones sostienen que sí se podría dar por declarada, otras afirman que, para ello, es necesario que tenga ciertos efectos ‘prácticos’, que no se habrían producido. En cualquier caso, si Puigdemont no responde al requerimiento, el Gobierno sí dará por hecho que la independencia ha sido proclamada.

En el texto se indica que «la actuación del Presidente y del Gobierno de la Generalidad de Cataluña y de la mayoría no cualificada del Parlamento se ha apartado con tal intensidad del cumplimiento de sus obligaciones constitucionales que de no ser atendido este requerimiento supondría un grave riesgo para el mantenimiento del orden constitucional, y la propia Constitución ha previsto las medidas a aplicar en este caso» y «en consecuencia, es deber del Gobierno de la Nación […] proceder a activar la aplicación del procedimiento para la aplicación del artículo 155 de la Constitución en el caso de que no se atienda este último requerimiento planteado por el presente acuerdo».

Según explicó el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, con este requerimiento se pretende ofrecer «claridad y seguridad» tras la «confusión» generada por el presidente catalán en el Parlament.

El artículo 155 de la Constitución contempla los mecanismos excepcionales que tiene el Estado para establecer dispositivos de control subsidiario, de carácter excepcional o extremo y alcance coercitivo, de tal forma que se obligue a la región al «cumplimiento forzoso» de sus deberes.

El artículo 155 de la Constitución Española

Antes de nada, el Gobierno central deberá enviar «requerimiento» al presidente de la Comunidad Autónoma en cuestión para que cumpla con sus obligaciones o deje de actuar como lo esté haciendo.

En caso de no ser atendido el requerimiento, el Gobierno «podrá adoptar las medidas necesarias para obligar» a la comunidad al «cumplimiento forzoso» de dichas obligaciones eludidas. Para ello, deberá contar «con la aprobación por mayoría absoluta del Senado».

El procedimiento que regula el Senado exige que el Gobierno envíe al presidente de la Cámara una propuesta con las medidas concretas que plantea y que deben ser debatidas en la Comisión General de Comunidad Autónomas, que debe pedir al presidente autonómico afectado, en este caso Carles Puigdemont, las alegaciones que considere oportunas. La propuesta final deberá votarse en el Pleno, donde el PP tiene mayoría absoluta.

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