La Interventora andaluza detectó «irregularidades administrativas» en los ERE

ERE
La ex jefa de servicio de fiscalización de la Junta, un departamento adscrito a la Intervención General, Rosario Lobo (EFE).

Rosario Lobo, quien fuera jefa de servicio de Fiscalización de la Intervención General de la Junta de Andalucía entre junio del año 2000 y febrero del 2012, ha declarado este miércoles en el juicio que celebra la Audiencia Provincial de Sevilla contra 22 ex altos cargos del Gobierno andaluz por los ERE que detectó irregularidades administrativas por parte de la Dirección General de Trabajo en la tramitación de los expedientes de concesión de estas ayudas.

Lobo fue la interventora responsable de analizar una veintena de expedientes administrativos de la Dirección General de Trabajo de concesión de ayudas sociolaborales y a empresas para la elaboración del informe adicional, conocido en 2005, del informe de Control Financiero Permanente del ejercicio 2003 del Instituto de Fomento de Andalucía (IFA), posterior Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), ente que materializaba el pago de las ayudas concedidas con fondos del programa presupuestario 31L que allegaba la Dirección General de Trabajo a IFA/IDEA a través de transferencias de financiación.

Tras mantener una reunión con el ex interventor general de la Junta Manuel Gómez, encausado en este procedimiento, e Ignacio García Revilla, ex interventor responsable del Control Financiero Permanente de empresas públicas, ambos le solicitaron la revisión de una veintena de estos expedientes y que los analizara desde el punto de vista de la legalidad.

A preguntas de la Fiscalía Anticorrupción, Lobo ha señalado que, en la revisión de esos expedientes, no consideró que hubiera menoscabo de fondos públicos porque no había expediente de pago. Cabe recordar que la materialización del pago se realizaba en IFA/IDEA. Por contra, Lobo sí detectó la tramitación de subvenciones de forma irregular administrativamente. Ha matizado que ella analizó los expedientes hasta la concesión de las ayudas no incluye órdenes de pago ni sobre el destino de las ayudas.

En este sentido, ha indicado que si no se puso de manifiesto por parte de los interventores la existencia de menoscabo es que «no existían indicios», al tiempo que ha manifestado que estas irregularidades son imputables a la Dirección General de Trabajo, que es el órgano gestor de las ayudas y había tramitado los expedientes. También es la responsable de no llevar a cabo el expediente de gasto en la concesión.»Nuestra misión era la fiscalización y si detectamos menoscabo debemos ponerlo en conocimiento de la Consejería de Hacienda», ha manifestado.

Lobo, que aún trabaja en la Intervención General de la Junta, ha explicado que en los expedientes que analizó encontró «poca documentación y desorden» y en la revisión de éstos fue elaborando «notas» por cada uno de con las «irregularidades» detectadas. En las notas señalaba el nombre del expediente y «la relación de deficiencias», que posteriormente trasladó a García Revilla.

Precisamente el representante del Ministerio Público ha exhibido las conclusiones de Lobo sobre las ayudas a Hitasal. La interventora ha precisado que no en todos los expedientes «faltaban los mismos documentos» por lo que había elementos comunes en las conclusiones pero también otros particulares.

En el caso de Hitasal señaló la «inadecuación» de la partida presupuestaria del gasto de la transferencias de financiación, pues el beneficiario final, ya sea empresa o trabajadores, determina la imputación presupuestaria del gasto. También se constató que no constaba solicitud presentada y que no hubo fiscalización previa de las ayudas.

Para Lobo, las ayudas eran subvenciones excepcionales pues al no existir normativa eran de concesión directa. Como subvención excepcional que se debe acreditar el interés social y público de la misma. «No había normativa reguladora ni crédito nominativo para financiarlas», ha continuado argumentando su afirmación de que eran excepcionales.

A su juicio, las ayudas a empresas necesitaban de un informe sobre incompatibilidades con otras ayudas. De otro lado, ha afirmado que la Ley de Hacienda establece que cada subvención concedida tiene que ser publicada y ha añadido que estas ayudas debieron registrarse en la base de datos de subvenciones.

Igualmente, ha señalado la falta de delegación de competencias en la Consejería de Empleo para que el director general de Trabajo pudiera conceder estas ayudas. «No constaba esa delegación en la Consejería y las delegaciones tienen que ser publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA)», ha apuntado.

«Fiscalización previa»

Para Rosario Lobo la falta de fiscalización previa en la concesión de estas subvenciones excepcionales no se veía compensada con el Control Financiero Permanente al que se sometía en IFA/IDEA la materialización de estas ayudas. «No tienen nada que ver. La agencia está sometida al control financiero y las ayudas de la Dirección General de Trabajo estaban sujetas al control de la intervención. Todas las subvenciones tienen que estar sujetas a la fiscalización previa».

«La concesión de subvenciones de la Dirección General estaba sujeta a la función interventora y se concedieron sin fiscalización previa», ha insistido. «Los interventores fiscalizamos no entramos en si un expediente es nulo o no de pleno derecho, función que corresponde al Gabinete Jurídico», ha puntualizado.

La interventora ha señalado que no recuerda que en los expedientes analizados «viniera nada» de que las ayudas se dieran en base a la Orden Ministerial de 1995 que regula las ayudas extraordinarias a trabajadores afectados por procesos de reestructuración.

Precisamente, a preguntas del abogado defensor del ex director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero, ha asegurado que la Orden no se aplicó sobre las ayudas recogidas en los expedientes que analizó. Tras la exhibición de los reparos de la Intervención General a las ayudas de Hijos de Andrés Molina (Hamsa) en el año 1999, Lobo ha precisado que la Orden Ministerial indica que las ayudas las concede el Estado pero establece que las CCAA pueden conceder ayudas aplicando esta normativa, si bien, la interventora ha precisado que en el reparo no se dice que la Junta la aplicó en la ayuda de Hamsa.

«Legalidad completa»

Para Lobo las transferencias de financiación, usadas para allegar fondos a IFA/IDEA para el pago de las ayudas en los hechos que se investigan, no pueden tener una finalidad determinada y concreta.

Igualmente, ha señalado que la fiscalización de las transferencias de financiación «no supone que se haya fiscalización la subvención», añadiendo que la intervención delegada en la Consejería de Empleo «nunca pudo fiscalizar los expedientes de subvenciones porque no existían los expedientes de gastos».

Entre otras cuestiones, Lobo ha defendido que un interventor «no se puede exceder de lo establecido» en su actuación, afirmando que «no somos los garantes de la legalidad completa de ningún expediente».

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