Otra chapuza de Sánchez en la exhumación de Franco: su norma carece de rango para prohibir La Almudena

Pedro Sánchez
Pedro Sánchez y Francisco Franco.
Carlos Cuesta

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se ha empeñado en sacar los restos de Francisco Franco a cualquier precio. Y eso está provocando precipitación y chapuzas impropias de un Gobierno democrático.

La última metedura de pata es directamente de rango normativo: el texto impulsado por este propio Gobierno en el que se permitía a la familia elegir destino para los restos del dictador tenía rango de Rea Decreto Ley. Se aprobó el 24 de agosto. El nuevo texto que impide elegir libremente el sitio de inhumación a los nietos no alcanza ese rango: es simplemente un acuerdo de Consejo de Ministros, por lo que no tiene fuerza para alterar la elección.

El Gobierno aprobó ese texto el pasado 15 de febrero con la intención de meter prisa a la familia, sacar los restos en pleno rally electoral, negar a la familia el uso de la cripta de La Almudena que tiene en propiedad, y llevar los restos de Franco a El Pardo por imperativo de Pedro Sánchez. Y ahí es donde Sánchez y su Ejecutivo pueden encontrarse en un callejón sin salida.

El primero de los textos no limitaba la libre elección del destino para la familia de los Franco, salvo por el hecho de forzar la salida del Valle de los Caídos. Se reguló a través del Real Decreto-ley 10/2018, de 24 de agosto, de modificación de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, “por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura”.

La norma mantenía así un rango suficiente para cambiar la ley anterior. Y allí se señalaba que “en el Valle de los Caídos sólo podrán yacer los restos mortales de personas fallecidas a consecuencia de la Guerra Civil española, como lugar de conmemoración, recuerdo y homenaje a las víctimas de la contienda”. Y que “corresponde al Gobierno garantizar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 16.3 de esta Ley, asegurando en todo caso unas condiciones adecuadas de dignidad y respeto. A tal efecto, se declara de urgente y excepcional interés público, así como de utilidad pública e interés social, la inmediata exhumación y el traslado de los restos mortales distintos de los mencionados en dicho artículo”.

Acuerdo motivado

El Real Decreto añadía que el «procedimiento se iniciará de oficio por el Consejo de Ministros mediante acuerdo de incoación, que designará órgano instructor. Dicho acuerdo dará un plazo de 15 días a los interesados a fin de que se personen en el procedimiento y aleguen lo que a sus derechos o intereses legítimos pudiese convenir. Los familiares podrán disponer en dicho plazo sobre el destino de los restos mortales indicando, en su caso, el lugar de reinhumación, debiendo aportar en ese plazo los documentos y autorizaciones necesarias”.

Es decir, que dejaba libertad plena para elegir el lugar de inhumación. Es más, señala las únicas causas por las que podía elegir el Gobierno: “En caso de discrepancia entre los familiares, o si estos no manifestasen su voluntad en tiempo y forma, el Consejo de Ministros decidirá sobre el lugar de reinhumación, asegurando una digna sepultura”. Nunca por el hecho de que al Gobierno no le gustase la elección.

El viernes 15 de febrero, sin embargo, el Gobierno cambió de parecer. Lo hizo porque la familia cumplió con lo regulado y eligió La Almudena como destino para los restos de Franco. Lo hizo, además, porque tiene allí un nicho adquirido en propiedad.

Y Pedro Sánchez ordenó su última chapuza: un “acuerdo motivado” aprobado por el Consejo de Ministros para la exhumación de Franco. Un acuerdo motivado no tiene fuerza era tumbar la propia norma previa del mismo Gobierno, donde se dejaba libertad para elegir el lugar de inhumación.

En ese acuerdo motivado el Gobierno socialista señala que la familia Franco dispondrá de 15 días para contestar al Gobierno, una vez se haya publicado la decisión ministerial “unánime” en el Boletín Oficial del Estado (BOE), sobre si desea hacerse cargo de los restos del dictador. Pero añade que la elección por La Almudena de los nietos del dictador queda “prohibida” por motivos de “seguridad”, entre otros.

Y como esa parte altera el texto de su propia norma previa, necesita ser de igual o superior rango para tener eficacia. En este caso no la tiene y, por lo tanto, se convierte en la enésima chapuza del Gobierno para exhumar a Franco.

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