También el de ofensa a los sentimientos religiosos

Sánchez e Iglesias acuerdan modificar el delito de injurias a la Corona en el Código Penal

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Pedro Sánchez y Pablo Iglesias. (Foto: EFE)

El acuerdo alcanzado por el Gobierno y Podemos para presentar las cuentas públicas de 2019 incluye compromisos extrapresupuestarios, como la modificación de los artículos del Código Penal que regulan los delitos de ofensa a los sentimientos religiosos e injurias a la corona.

Podemos reivindicaba eliminar lo que considera unos «delitos medievales», pero en el pacto se apuesta por una reforma para «restringir al máximo» la posibilidad de que la discusión libre de diferentes ideas y opiniones sea perseguida penalmente.

En el texto del acuerdo, que incluye también importantes modificaciones en la denominada «ley mordaza», se destaca que España es una democracia madura «que demanda poder discutir y cuestionar libremente lo que estime conveniente dentro del marco constitucional y del derecho internacional».

Rita Maestre, Willy Toledo…

Se considera así «imprescindible» un debate público en el que se expresen libremente ideas y opiniones, «sobre todo de las más minoritarias e incluso excepcionales, basadas en diferentes ideologías y concepciones sobre la vida» y se coincide en que una persecución penal «desincentiva claramente» ese debate libre e informado.

El delito contra los sentimientos religiosos está tipificado en el artículo 525 del Código Penal y ha provocado procesos judiciales como el de la portavoz del Ayuntamiento de Madrid, Rita Maestre, o el del actor Willy Toledo.

Ese artículo castiga con multa de ocho a doce meses a quienes, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.

Las injurias a la Corona, por su parte, están recogidas en los artículos 490 y 491, con penas que van desde multas a condenas de entre seis meses y dos años de prisión.

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