Prevaricación y delito contra la integridad moral

La Fiscalía pide 2 años de prisión y 10 de inhabilitación para el alcalde de Hoyo de Manzanares

José Ramón Regueiras, alcalde de Hoyo de Manzanares (Foto: Facebook)
foto alcalde hpyo

La Fiscalía ha solicitado 2 años de prisión y 10 años de inhabilitación para cargo público para el alcalde popular del municipio madrileño de Hoyo de Manzanares, José Ramón Regueiras, por prevaricación y delito contra la integridad moral.

En un escrito remitido al Juzgado de Instrucción nº 1 de Colmenar Viejo, al que ha tenido acceso OKDIARIO, el Ministerio Público solicita la apertura de juicio oral ante un Juzgado de lo Penal para el regidor del PP por coordinarse contra el que fuera secretario de la corporación local, Carlos Rubio, «con el fin espurio de apartarle de sus funciones».

Según el escrito de la Fiscalía, el 27 de mayo de 2007 fue proclamado alcalde de Hoyo, Antonio Antolínez, concejal del PP más votado en el Ayuntamiento. En enero de 2008, PSOE, IU y el Partido Independiente Popular presentaron una moción de censura en la que se proponía como alcalde al acusado José Ramón Regueiras.

Durante la votación, una concejal independiente votó «no» a la moción por error, aunque modificó su voto a continuación señalando que había sido un lapsus. El secretario afirmó que no se podía votar otra vez y rectificarlo, sin embargo, Regueiras fue nombrado alcalde en mayo de 2009.

Tras una primera sentencia, el TSJM daba la razón al secretario de la corporación confirmando «la plena validez y eficacia» del recuento que recogía el voto negativo erróneo de la concejal sin modificarlo.

A pesar de la sentencia, Regueiras no convocó un pleno para ser sustituido y el secretario reflejó dicha irregularidad. Como consecuencia, a este funcionario se le abrió un expediente disciplinario que derivó en una sanción de 11 meses 15 días de suspensión de empleo y sueldo que fue recurrida por el afectado. Finalmente, la justicia le deba la razón al secretario indicando que el expediente estaba caducado.

La Fiscalía asegura en su escrito que el procedimiento sancionador incoado contra el secretario del Ayuntamiento «adoleció de múltiples irregularidades».

«Tanto en la tramitación del expediente como en la sanción administrativa que se impuso al Sr. Rubio, se prescindieron de las normas básicas del procedimiento administrativo y, en cuanto al fondo, de la realidad de los acontecimientos, optando por una versión parcial e interesada de los hechos con el fin espurio de sancionar al investigado y apartarlo del servicio por resultar molesto e incómodo a los fines de mantenerse en el cargo el Sr. Regueira y su equipo de Gobierno» afirma.

Escrito de la Fiscalía sobre el alcalde de Hoyo de Manzanares, José Ramón Regueiras.
Escrito de la Fiscalía sobre el alcalde de Hoyo de Manzanares, José Ramón Regueiras.

«Con la finalidad de conservar y aumentar el entonces equipo de Gobierno y el control de la administración municipal, siendo el secretario un elemento en absoluto propio a tales pretensiones, al alcalde Regueiras siguió hostigándolo» concluye la representante de la Fiscalía que reclama al regidor popular de Hoyo de Manzanares 5.000 euros para el secretario municipal en concepto de responsabilidad civil por los daños psicológicos sufridos.

Archivada la querella contra OKDIARIO

El pasado mes de abril, la Audiencia Provincial de Madrid archivaba la querella presentada por el alcalde popular de Hoyo de Manzanares, José Ramón Regueiras, contra OKDIARIO por presuntos delitos de injurias y calumnias.

En el auto, la Sala afirmaba que “el titular del artículo periodístico intenta resumir el contenido del artículo que va a continuación, en el que se especifica la existencia de una denuncia contra el querellante por delitos de prevaricación, denuncia que se estaba tramitando en ese momento de la publicación, en el Juzgado de instrucción nº 5 de colmenar viejo. En esa denuncia es donde se decía que el alcalde, era sobrino del dueño del almacén, que solicitó la licencia y que estaba atribuida al concejal de urbanismo y se abocó la competencia para resolver este tipo de licencias. El titular del contenido de ese artículo, entendemos que no se puede considerar como constitutivo de un delito de calumnias».

“En el presente supuesto analizando el contenido del titular”, añadía la Audiencia Provincial de Madrid, “en él no se incluye ninguna frase o expresión injuriosa puesto que además en el cuerpo del artículo se dice que el alcalde de Hoyo de Manzanares José Ramón Regueiras estaba siendo investigado por prevaricación y en el artículo se hacen referencias constantes a la denuncia que efectivamente había sido presentada y se estaba tramitando en un juzgado de Colmenar Viejo con independencia de que posteriormente conste en la documentación que el citado procedimiento penal por prevaricación fue archivado”.

Regueiras-Hoyo
José Ramón Regueiras, el tercero por la izquierda en la imagen.

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