Julián Sánchez Melgar elegido nuevo fiscal general del Estado como adelantó OKDIARIO

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El magistrado Julián Sánchez Melgar. (Foto: EFE)
Carlos Cuesta

El autor de la doctrina Parot y máximo defensor de este sistema de cálculo de las condenas a los etarras es el nuevo fiscal general del Estado. Julián Sánchez Melgar, palentino y de perfil conservador, es el nuevo encargado de mantener la acusación pública contra los golpistas y en uno de los momentos más delicados para el estado de derecho en España.

El palentino Julián Sánchez Melgar es en estos momentos magistrado de la Sala de lo Penal del Supremo. Se trata de uno de los magistrados de mayor prestigio de España y en su elección ha contado con el visto bueno de Carlos Lesmes (actual presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo) y del propio presidente de la Sala Segunda del Supremo, Manuel Marchena.

La posición de este nuevo cargo, que se designará hoy, será decisiva en la acusación contra los golpistas. Desde Carme Forcadell, hasta sus ex compañeros de la Mesa del Parlament y algunos de los exconsellers, ya han planteado la salida de prisión en base al supuesto compromiso de no volver a actuar en contra de la Constitución. En medio de ese planteamiento, el nuevo fiscal general deberá decidir si mantiene las peticiones de prisión o no frente a los golpistas.

Sánchez Melgar se convirtió en jurista de referencia en la lucha contra el terrorismo en uno de los momentos más delicados del combate contra ETA. De hecho, marcó un antes y un después en el cómputo de las condenas de los etarras, porque fue el autor de la conocida desde entonces como Doctrina Parot. Se fijó en la sentencia del Tribunal Supremo del 28 de febrero de 2006.

El ponente era Sánchez Melgar. Y debía responder a un recurso presentado por el asesino múltiple Henri Parot. Parot no era cualquier entre los terroristas de ETA. Su historial asesino era difícilmente igualable: miembro de la organización terrorista ETA, fue protagonista de excepción del comando itinerante Argala, donde se hizo merecedor de 26 sentencias condenatorias, 4.800 años de prisión, y nada menos que 82 asesinatos.

Pero Henri Parot había conseguido, tras su paso en prisión, toda una colección de beneficios penitenciarios que amenazaba con su puesta en libertad tras sólo 16 años de estancia en la cárcel. El truco radicaba en aplicar esos beneficios penitenciarios respecto de cada una de las condenas, individualmente, y no sobre el máximo legal de permanencia en prisión que, según el Código Penal vigente en aquel momento era de 30 años.
Sánchez Melgar, consciente de la enorme injusticia que implicaba ese cálculo justificó penalmente otra mecánica. La contraria. La de restar desde el máximo. Porque, como él argumentó, “no se puede tratar igual al autor de un asesinato que al de 200”.

Así nació la doctrina Parot que fue fue tumbada posteriormente por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en 2012. Pero Sánchez Melgar no dejó de argumentar a favor de la doctrina ni cuando la condenó el Tribunal de Estrasburgo en el caso de la etarra Inés del Río. Hay “algo que es sustancial con la justicia material, y lo es que no puede igualarse en su cumplimiento al autor de un solo asesinato que el seriado delincuente de 20 o más muertes a sus espaldas”, afirmó en aquel momento Sánchez Melgar. “¿Por qué van a ser iguales los autores de uno y de doscientos delitos? ¿Eso es justo? No. La interpretación de la ley no puede consentir esa solución. Las condenas se dictan para ser cumplidas, no para que resulten papel mojado”, subrayó el magistrado en una entrevista concedida en julio de 2012.

“Tuvo que reforzarse mi seguridad en un tiempo. Pero la doctrina no es mía, es de la Sala de lo Penal en Pleno del Tribunal Supremo, y se ha venido aplicando linealmente en muchísimos casos a partir de entonces. Para todos. La ley es igual para todos”, subrayó el hombre que tendrá que decidir sobre la acusación pública de quienes han efectuado un golpe de estado por creerse por encima de esa ley.

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