El Gobierno destituirá, imputará rebelión e incluso detendrá a Puigdemont si declara la independencia

indultos catalanes
Carles Puigdemont y Oriol Junqueras, ante el Ayuntamiento de Barcelona. (Foto: EFE)

Faltan tres días para el 1-O y al Gobierno de España no le temblará el pulso. Tiene tres cosas decididas sobre el presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont:

  1. Destituirá al presidente de la Generalitat y a todo su gobierno si proclama la independencia después del domingo, se haya celebrado o no el referéndum. Para ello se servirá del artículo 155 de la Constitución.
  2. Instará a la Fiscalía para que Carles Puigdemont sea además acusado de un delito de rebelión, que está penado con entre 15 y 25 años de cárcel (hasta 30 años si el alzamiento contra la Constitución es violento).
  3. Y no descarta siquiera su detención a instancias de la Fiscalía. Así, detenido por la II República, acabó president Lluís Companys en 1934, tras la proclamación del Estado Catalán.

El delito de rebelión está reservado a quienes se levanten “violenta y públicamente” para, entre otros objetivos, “derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución” o “declarar la independencia de una parte del territorio nacional”. Este delito contra la Constitución es competencia de la Audiencia Nacional, según lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial. Rebelión es el delito que se aplicó a los guardias civiles y militares que protagonizaron el golpe de Estado del 23 -F en 1981. Es decir, que Carles Puigdemont podría llegar a acabar (si el juez considerada su rebelión violenta) como el coronel Tejero, condenado a 30 años de cárcel.

El delito de rebelión está penado con entre 15 y 25 años de cárcel (hasta 30 años si el alzamiento contra la Constitución es violento)

La cárcel en el horizonte

El horizonte penal de Puigdemont comienza a estar definido ya que, además, por la firma del decreto de convocatoria del referéndum ilegal, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña le citará en los próximos días como imputado de tres delitos: desobediencia, prevaricación y malversación de fondos públicos. Este último que puede acarrearle entre cuatro y ocho años de cárcel, según el artículo 432 del Código Penal.

Esta semana, el Fiscal General del Estado, José Manuel Maza, reconocía que la detención de Carles Puigdemont es una opción que «está abierta», si bien «eso no quiere decir que la fiscalía la vaya a pedir o no».

155 y destitución

Antes de la cárcel, llegará su destitución. La proclamación de la independencia catalana será el momento del 155, el artículo la Constitución que habilita al Gobierno a tomar el control de una Comunidad autónoma cuando «actuare de forma que atente gravemente al interés general de España». Su aplicación necesita de un trámite parlamentario previo (requerimiento previo al presidente de la Generalitat y aprobación por la mayoría absoluta del Senado) que está estimado en no menos de cinco días.

Hasta ahora, el Gobierno ha decidido mantener el combate al desafío independentista liderado por Carles Puigdemont en el ámbito exclusivo de la Justicia. Son los tribunales, jueces y fiscales los que deben velar por su cumplimiento, según el relato de Moncloa. Pero la declaración unilateral de independencia obliga a la adopción de decisiones políticas y tanto PSOE como C’s, los dos partidos constitucionalistas, ya están informados de que el 155 tiene muchas probabilidades de abrirse paso después del domingo.

El PP tiene la mayoría absoluta necesaria en el Senado para aprobar el 155 en un trámite para el que se necesitan al menos cinco días

Declaración de independencia, sí o sí

La declaración unilateral de la independencia y, por tanto, de la república catalana es algo que ya no discuten siquiera los dirigentes del PDeCAT. En fuentes convergentes se admite que el trámite será el siguiente: si se considera que el referéndum no se ha podido celebrar, se convocaría un Pleno del Parlament en el que uno de los grupos -previsiblemente la CUP- pediría alterar el orden del día para votar esa declaración unilateral. Es decir, el mismo mecanismo que ya se siguió con las leyes de la desconexión, en el convulso pleno de principios de septiembre. Con la mayoría independentista de la Cámara, la independencia quedaría irremediablemente proclamada.

La táctica plantea dudas en el entorno de Puigdemont, pero, en privado, se admite que esa sería la fórmula. La propia coordinadora general del PDeCAT, Marta Pascal, aseguró hace unos días que la DUI no era una opción. Pero también dijo que no imaginaba «ningún escenario que no sea el 1-O». Desde su partido se admite ahora que ambas cosas son perfectamente posibles.

En caso de que se estime que el 1-O se ha celebrado, la independencia vendría vía decreto del Govern, tal y como establece, recuerdan, la propia Ley de Transitoriedad, que prevé su declaración en 48 horas en caso de victoria del ‘sí’.

El portavoz parlamentario del PDeCAT, Carles Campuzano, ha insistido este jueves en que el próximo 4 de octubre será un día «muy importante» porque el Parlament deberá poner en marcha los mecanismos incluidos en esa ley, suspendida por el Tribunal Constitucional. Es decir, proceder a la declaración de independencia de Cataluña.

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