El Gobierno toma el control de las cuentas de la Generalitat y pagará directamente sus facturas

Artículo 155
Consejo de Ministros en el Palacio de la Moncloa. (Foto: EFE)
Luz Sela
  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

El Gobierno prepara un paquete de medidas para responder, este mismo viernes, al órdago de Oriol Junqueras, quien, en una carta remitida al ministerio de Hacienda, avisa de que no enviará más los informes mensuales de gasto, como así le requería el Ejecutivo para controlar los posibles pagos relacionados con el referéndum ilegal. Las medidas supondrán un control financiero exhaustivo sobre los Presupuestos autonómicos, y entre ellas, que el Gobierno asuma directamente el pago de las facturas de determinados proveedores con los fondos del sistema de financiación.

El pasado julio, el Gobierno aprobó un control estricto de las cuentas catalanas, tras detectar un desvío de 6.150 euros, en la partida correspondiente a la Organización, Gestión y Seguimiento de Procesos Electorales. La medida obligaba a la Generalitat a remitir semanalmente un informe de sus gastos para comprobar que no se destinaban al 1-O. En ese caso, las ayudas que Cataluña recibe del Fondo de Liquidez Autonómica quedarían congeladas.

«Hombres de negro»

Tras la negativa de Junqueras a cumplir con ese requerimiento, Moncloa se reserva aún la baza de enviar a Cataluña una misión de control de la Intervención General del Estado -o, lo que es lo mismo, ‘hombres de negro’ in situ para vigilar todo gasto público- como así se establece en el propio reglamento de aplicación del Fondo de Liquidez Autonómico (FLA).

De hecho, no es la primera vez que el ministerio de Cristóbal Montoro tiene esta medida encima de la mesa, que hasta ahora ha sido aplazada por soluciones intermedias y, por tanto, menos dramáticas.

La medida faculta al Ministerio de Hacienda a que, en caso de detectar posibles riesgos e “incumplimientos”, como es el caso, se solicite a la Intervención General llevar a cabo esta misión. El objetivo será «concretar el diagnóstico de la situación financiera de la Comunidad autónoma», y, en su caso, obliga al órgano de control interno de la comunidad a «prestar toda la ayuda y colaboración que le sea necesaria». En este sentido, se especifica que «tendrá acceso a la totalidad de la documentación de la Comunidad Autónoma, para el buen desempeño de sus funciones». Hacienda tendría así acceso al detalle de las cuentas de la Generalitat, y, por tanto, conocimiento de que se está utilizando o no dinero público en la organización del referéndum suspendido por el Tribunal Constitucional.

Esta medida de control ya ha sido solicitada desde Ciudadanos, sobre todo después de que Montoro asegurase este mismo miércoles que la Intervención de la Generalitat había trasladado al Ejecutivo que no conoce el origen de los recursos que se han utilizado para la página web y el vídeo publicitario del 1-O.  por lo que habrá que derivar «las consiguientes responsabilidades».

«Es muy preocupante que ocurra esto en un país desarrollado, civilizado, donde un poder público esté haciendo un gasto público y que la intervención de ese poder público no sea capaz de informar sobre el origen de ese gasto», consideró Montoro. Hace días, Hacienda remitió a la Intervención General de la Generalitat un apercibimiento para que justifique cómo se han sufragado estas acciones.

Más aún. El Programa del Fondo de Liquidez Autonómico remite a medidas más drásticas en el caso de que la Comunidad no permita el acceso de esa misión. Se trata de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria. Es decir, la aplicación del controvertido artículo 155.

«En el supuesto de que una Comunidad Autónoma no implementase las medidas propuestas por la comisión de expertos prevista en el artículo 25.2, el Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 155 de la Constitución Española, requerirá al Presidente de la Comunidad Autónoma para que lleve a cabo, en el plazo que se indique al efecto, la adopción de un acuerdo de no disponibilidad, la constitución del depósito obligatorio establecido en el artículo 25.1.b) o la ejecución de las medidas propuestas por la comisión de expertos», se señala.

Y añade: «En caso de no atenderse el requerimiento, el Gobierno, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, adoptará las medidas necesarias para obligar a la Comunidad Autónoma a su ejecución forzosa. Para la ejecución de las medidas el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de la Comunidad Autónoma». 

Más aún. «La persistencia en el incumplimiento de alguna de las obligaciones a que se refiere el apartado anterior, cuando suponga un incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, del objetivo de deuda pública o de la regla de gasto, podrá considerarse como gestión gravemente dañosa para los intereses generales, y podrá procederse a la disolución de los órganos de la Corporación Local incumplidora, de conformidad con lo previsto en el artículo 61 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local», concluye.

Desde 2015, Cataluña está sujeta a una “condicionalidad reforzada”, lo que implica un control específico en el destino de los fondos, y con vistas a evitar su ‘desvío’ a la celebración de un referéndum ilegal.

El acuerdo contempló entonces que los fondos del FLA estarían condicionados en exclusiva al pago de servicios públicos esenciales, como las farmacias, obligaba al interventor a dar cuenta mensualmente de la ejecución del gasto “dejando constancia de que no contraviene al ordenamiento jurídico” y establecía una conexión telemática entre el Estado y la Generalitat para controlar las facturas.

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