por ocultar los términos de su pacto

Competencia carga contra Roures y Tebas por su acuerdo para vender los derechos de la liga al extranjero

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Jaume Roures y Javier Tebas.
Carlos Ribagorda

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha agravado sus críticas al acuerdo existente entre Jaume Roures, gestor de Mediapro, y Javier Tebas, presidente de la Liga de fútbol, para la comercialización de los derechos de televisión del campeonato a nivel internacional. En un informe publicado por Competencia este martes, el organismo que preside Cani Fernández señala que el pacto de Tebas y Roures es contrario a la norma que rige la comercialización de estos derechos, el real decreto 5/2015.

Así lo señala Competencia en un informe solicitado el 11 de febrero por la Liga -que no es de obligado cumplimiento- sobre el concurso abierto para la venta de los derechos de emisión de la liga nacional a partir de la temporada 2024/2025 en Malta, Italia, Portugal y los Países Bajos.

El organismo critica que Tebas hay designado a Mediapro como entidad encargada de «promover la comercialización de los derechos» fuera de España «sin indicar, al contrario que en anteriores convocatorias, que no participará como operador interesado».

Además, la falta de datos sobre ese pacto lleva a Competencia a reiterar que ese acuerdo «es incompatible con las normas de competencia». «Al no conocer los términos en que se ha designado a Mediaproducción como entidad encargada de promover la comercialización de los citados derechos ni las facultades que le han sido otorgadas, el acuerdo entre las partes puede ser contrario a lo establecido en el real decreto 5/2015 y opuesto al principio de igualdad de trato en el supuesto de que Mediapro o alguna de sus empresas vinculadas se presentaran a la licitación, pudiéndose plantear un conflicto de intereses», señala el documento.

Tebas

Respecto al concurso, el organismo insiste en que la Liga tiene por ley la facultad de comercialización conjunta de ciertos derechos «pero no así la producción o explotación directa de los mismos», por lo que considera que la comercialización de algunos derechos incluidos en el pliego del concurso «no se encuentran amparadas por las previsiones de la norma legal».

Además, Competencia critica la falta de transparencia en el concurso puesto que la Liga ha señalado como criterio principal para decidir el adjudicatario la oferta económica pero no desarrolla las condiciones de comercialización del procedimiento: «Presentación de ofertas, requisitos técnicos, profesionales y económicos, fase de adjudicación, responsables de la valoración de las ofertas, etc». «El establecimiento de unas condiciones mínimas garantizaría el respeto a los principios de transparencia, competitividad y no discriminación», sentencia.

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