Hipotecas

Arriaga a OKDIARIO: “todos los préstamos que tengan hipoteca” podrán beneficiarse de la decisión del Supremo

El socio director del Bufete líder en reclamaciones de préstamos hipotecarios se congratula por el cambio de criterio del TS

Arriaga
Jesús María Ruiz Arriaga, socio director de Arriaga y Asociados

El socio director de Arriaga y Asociados, Jesús María Ruiz Arriaga, se congratula por el cambio de criterio del Tribunal Supremo que determina que son los bancos los que deben hacer frente a los gastos hipotecarios. Arriaga afirma que “todos los préstamos que tengan hipoteca” podrán beneficiarse del cambio de criterio del Supremo. Añade que “la Ley dice que quien paga los impuestos es quien se beneficia de él, y evidentemente en este caso el que se beneficia era el banco”.

El Supremo ha determinado que son las entidades bancarias las que deben abonar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en las escrituras públicas de préstamo con garantía hipotecaria. De esta forma la sentencia dice que tanto la en ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) como en la de Actos Jurídicos Documentados (AJD) no es el prestatario el sujeto pasivo de este último impuesto en las escrituras notariales de préstamo con garantía hipotecaria (como su jurisprudencia anterior sostenía), sino la entidad que presta la suma correspondiente.

En declaraciones a OKDIARIO, Jesús María Ruiz Arriaga sostiene que “el criterio del Supremo (del mes de febrero) era imposible y era injusto”. Añade que “la Ley dice que quien pagan los impuestos quien se beneficia de él, y evidentemente en este caso el que se beneficia era el Banco».

El impuesto de Actos Jurídicos Documentados (notaría, gestoría y registro) que pueden llegar a alcanzar un 10% del valor de la hipoteca y dos tercios de los costes totales de constitución.

El socio director del bufete líder en reclamaciones por préstamos hipotecarios afirma a este periódico que con la anterior decisión “estábamos escandalizados” añade que era “una condición abusiva y son nulas de pleno derecho”. No obstante, con este cambio de criterio “todos los préstamos que tengan hipoteca” podrán beneficiarse puesto que “no prescribe y no se puede renunciar a ello”.

Arriaga y Asociados tiene más de 150.000 casos de préstamos hipotecarios que podrán beneficiarse de la sentencia del Tribunal Supremo.

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