Los bancos españoles se preparan para conquistar el Cuerno de África

Banco de España-Cataluña-PIB
El exgobernador del Banco de España, Luis María Linde. (Foto: EFE)

Uno de los múltiples beneficios que ha traído la «primavera árabe» es la posibilidad de «occidentalizar» las costumbres de nuestros vecinos musulmanes lo cual representa una oportunidad para diferentes industrias entre ellas la bancaria.

Según ha podido saber OKDIARIO de informes de algunas entidades españolas, existe un movimiento de acercamiento al llamado «cuerno de África», todos los países árabes bañados por el Mediterráneo, para crecer en esta región que ofrece mucho potencial y una proximidad geográfica a España frente al mercado hispanoamericano que empieza a dar señales de agotamiento.

Los datos bancarios que ofrece la región son impresionantes; crecimientos del 11,5% anual en los últimos cinco años frente a poco más de un 3% en el sistema financiero convencional. La única salvedad es que para un buen musulmán los bancos deben en su praxis aplicar la ley islámica y por este motivo el Banco de España en un reciente informe ha querido aclarar en que consiste.

Con la nomenclatura FFII (finanzas islámicas) el órgano emisor agrupa a las instituciones e instrumentos financieros que se guían por la sharia.
El Banco de España recuerda que todas las operaciones financieras deben cumplir tres requisitos principales: “estar libres del cobro de interés (riba), estar respaldadas por activos reales y no financiar actividades consideradas dañinas (haram), como el juego, el alcohol o productos derivados del porcino”.

Además establece una serie de principios, como la prohibición de asumir riesgos excesivos (gharar) y de especular (masyr), así como requerir que “las transacciones se establezcan por su precio justo, sean seguras y estén guiadas por el derecho a la información igualitaria y adecuada, y la cooperación entre las partes contratantes”.

La mayor exposición de la población española a sus vecinos árabes hace más comprensible toda esta idiosincrasia y anima a los bancos españoles a tener más presencia en la región. Expertos del sector anuncian que otros socios europeos como Francia, Luxemburgo incluso el Reino Unido están estudiando modificaciones para incorporar estos requisitos a sus bancos domésticos como forma de entrar en un mercado en el que, como decíamos en el titular de esta información, el 76% de la población adulta musulmana no tiene una cuenta corriente y el 93% no tiene acceso a financiación formal.

Además, hay estudios demográficos que apuntan que para 2050 la población musulmana podría crecer un 73% frente al 35% de la población mundial.

No es un secreto para los bancos españoles que aunque las finanzas islámica representan sólo el 1% del total de activos financieros globales, el crecimiento en países del sudeste asiático de religión musulmana y el foco inversor que suponen los países exportadores de petróleo anima a introducir en sus regulaciones cuantos cambios sean necesarios.

Expertos bancarios consultados por este diario aclaran que en la banca islámica la mayor parte de los instrumentos toman la forma de contratos vinculados a un activo subyacente, generalmente un bien, un servicio o una acción.

Dos son los tipos de contratos fundamentales: los basados en operaciones de compraventa con un margen sobre el coste (mark­up), que se usan sobre todo para la financiación a corto o medio plazo; y los que se asientan en una estructura de participación del banco en el reparto de ganancias y pérdidas, asumiendo parte del riesgo de la operación (profit and loss sharing instruments, PLS). Por tanto, la ganancia de la actividad financiera, que está permitida siempre que no se cobre en forma de interés, queda asociada al valor del activo subyacente.

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