¿Cómo funcionan las Sociedades de Garantía Recíproca?

Contrato - Hipotecas
Firma de un contrato. (Foto: Getty/iStock)

Una de las dificultades con las cuales se encuentran las pymes cuando quieren emprender alguna inversión es la dificultad para conseguir financiación. En este espacio hemos hablado de distintas alternativas a los mecanismos habituales (business angel, crowfunding…), pero ahora entraremos a definir una ayuda que tienen a su disposición y que, justamente, les es un refuerzo en la petición de financiación por la vía tradicional: las Sociedades de Garantía Recíproca.

¿Qué son las Sociedades de Garantía Recíproca?

Este tipo de Sociedades son entidades que ofrecen un aval a aquellas pequeñas y medianas empresas que piden financiación a una entidad financiera o cualquier otro agente. En caso que la compañía entre en una situación tan complicada que sea incapaz de hacer frente a la deuda contraída, es esta sociedad de garantía recíproca la que, a través del aval, solventa esta situación.

A cambio, la compañía debe adquirir participaciones de la sociedad de garantía convirtiéndose, de esta manera, en socia partícipe de la sociedad.  La suma de las aportaciones de todas las empresas que han utilizado la figura de la SGR para obtener un aval es lo que la dota de solvencia y posibilidades para afrontar los avales en caso que haya alguna ejecución.

¿Cómo se participa en una Sociedad de Garantía Recíproca?

Los puntos a tener en cuenta al pedir este aval son los siguientes:

  • Hay que ser partícipe de la sociedad: como condición para acceder al aval, la empresa debe adquirir participaciones de la sociedad. Por lo tanto, a la vez, asume parte del riesgo propio y, también, el de otras compañías.
  • Las sociedades ofrecen servicios de asesoramiento: además del aval, estas sociedades ofrecen asesoramiento en aquellos aspectos que la empresa pueda estar interesada: trámites distintos, renegociación de líneas de crédito o financiación que se tengan abiertas en aquel momento.
  • Este aval también tiene un coste: como toda operación financiera, tiene un coste asociada a ella. Ahora bien, se trata de un coste considerablemente inferior al de, por ejemplo, un aval bancario.
  • Permite reducir el tipo de interés de la financiación: el hecho de estar respaldados por una sociedad de garantía recíproca facilita que la entidad financiera entienda que se trata de una operación de mayor solvencia. Por lo tanto, el coste de financiación a soportar será menor.
  • Reduce la cantidad de trámites administrativos necesarios: la propia sociedad facilita los trámites a realizar. Por lo tanto, hay un ahorro de tiempo y, enseguida, se puede iniciar la actividad asociada a la inversión que se ha proyectado.
  • No se acostumbran a avalar empresas nuevas: las sociedades de garantía recíproca no permiten el acceso a la financiación a cualquier empresa que lo pida. Antes de hacerlo, realizan un completo estudio de la empresa y estiman su viabilidad. Como en una empresa de nueva creación no existen antecedentes históricos que puedan dar una idea de ello, difícilmente serán avaladas.

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